NUESTRO MANUAL DE CONVIVENCIA 2018

estructura del Pacto de Convivencia

institucion educativa primitivo crespo de riofrio valle.

 

                                                                                                                                                                                                                                                      

 

PRESENTACIÓN

 

Nuestra Institución Educativa Primitivo Crespo consciente de los desafíos que nos impone la época en el amplio espacio educativo, plantea la necesidad de reconstruir y fomentar  en la comunidad educativa, la convivencia armónica entre los miembros  de  la comunidad, bajo la estrategia del trabajo colaborativo, participativo y solidario, con un equipo humano orientado a conseguir mejores niveles de calidad en los diferentes procesos para impactar positivamente a la comunidad riofrirenses, la región y el país, bien sea el caso.

 

Este MANUAL DE CONVIVENCIA forma parte del PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL y por lo tanto desde su filosofía tiende a la realización de sus objetivos, abarca toda la comunidad educativa, compartiendo normas establecidas de común acuerdo con los diferentes estamentos de nuestra Institución. En su elaboración y revisión han participado directivos, docentes, padres de familia, estudiantes, ex alumnos y demás miembros de la comunidad, con el ánimo de lograr consensos que comprometan los ambientes propicios para la formación de las personas.

 

Para lograr una educación de calidad, incluyendo la defensa de la equidad y democracia para crear ambientes favorables en la formación de personas, educadores, educandos y padres de familia. Se han tenido en cuenta la Constitución Política de Colombia (1991), la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994),La ley de la infancia y la adolescencia (Ley 1098 de Nov del 2006), los Decretos reglamentarios de la Ley 115 (Decreto 1860 ), el Estatuto Docente (Decreto 2277 Sep. 1979) y el Código Disciplinario Único (Ley 200 de 1995), la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 de 2013 y los fallos de la Corte Constitucional en lo respectivo a la educación.

 

 

MARCO LEGAL  Y MARCO TEORICO  DEL PACTO DE CONVIVENCIA

 

 

REFERENTES LEGALES PERTINENTES

 

Entre la normatividad legal pertinente que se articula y/o que se  encuentra relacionada con este manual de convivencia y han servido de marco de referencia para su construcción, actualización y aplicación se encuentran:

Ley 2277 de 1979. Estatuto Docente. Por el cual se adoptan normas sobre el ejercicio de la profesión docente

Ley 115 de 1994. Ley General de Educación. Por la cual se expide la ley general de educación

Decreto 1860 de 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.

Decreto 1108 de 1994: Consumo de sustancias psicotrópicas en menores de edad y niñas embarazadas

Ley 397 de 1997. Ley General de Cultura. Por la cual se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura

Ley 715 de 2001. Sistema General de Participaciones. Por la cual se  dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de servicios de educación y salud, entre otros.

Decreto 1278 de 2002. Estatuto de Profesionalización Docente. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.

Ley 734 de 2002. Código Disciplinario Único. Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.

Decreto 1278 de 2002. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.

Decreto 1850 de 2002. Por el cual se reglamenta la organización de la jornada escolar y la jornada laboral

Decreto 1286 de 2005: Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos.

Resolución MEN 1515/2003. Lineamientos para el proceso de matrícula

Ley 1098 de 2006. Código del Menor. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia

Decreto 3782 de 2007: "Por el cual se reglamenta la evaluación anual de desempeño laboral de los servidores públicos docentes y directivos docentes que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002"

Decreto 2715 de 2009 : Por el cual se reglamenta la evaluación de competencias para docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

 

Decreto 1290 de 2009: Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.

Decreto 2968 de agosto de 2010. Por el cual se crea la Comisión Nacional intersectorial para la Promoción y Garantía de los Derechos Sexuales y Reproductivos

Ley 1453 de 2011. Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.

Decreto 1704 de 2012; decreto reglamentario de la ley 1453 de 2011.

Ley estatutaria 1581 de 2012. Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales

Decreto 1377 de 2013. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012.

Ley 1620 de 2013. por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Decreto 1965 de 2013. "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea  el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar"

 

 

REFERENTES TEÓRICOS

 

Conceptos y Definiciones

 

En marco de lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley 1620/2013 y el Art. 39 del Decreto 1965/2013, se define y se entiende como:

 

Acoso escolar : Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña, o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

 

Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o vario integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física,  verbal, gestual, relacional y electrónica.

 

Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

 

Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

 

Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

 

Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

 

Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

 

 Ciberacoso escolar: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y  videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

 

De las sentencias de la Corte Constitucional

 

La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en las aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias y académicas.

Esta sala señala que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario en respetar el reglamento o manual de convivencia y mantener sanas costumbres. Indicó además que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, recreos, salidas y asistencia y el debido respeto por sus profesores y compañeros:

 

Sentencia No. T-519/92. Estudiantes indisciplinados.

Sentencia No. T-341/93. Cumplimiento y obligaciones por parte del estudiante.

Sentencia No. T-050/93 y T-594/93. El libre desarrollo de la personalidad.

Sentencia No. T-092/94. No se vulnera el derecho a la educación por pérdida de año.

Sentencia No. T-316/94. No se vulnera el derecho a la educación por normas de rendimiento y disciplina.

Sentencia No. T-439/94 No se vulnera el derecho a la educación por la exigencia del buen rendimiento.

Sentencia C-866/01. Revisión de constitucionalidad de apartes de los artículos 87 y 93 de la Ley 115 de 1994. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar  la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.

 

 

TÍTULO I

                         LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, CRITERIOS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES.

 

 

Capítulo I  SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

 

Artículo 1: Establece los símbolos que le dan identidad a la institución: escudo, bandera e himno.

 

1.    PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES

 

Teniendo en cuenta nuestros principios Institucionales, los valores en general  son prioridad en nuestra formación, por tal razón en nuestra institución se fomentan, practican y vivencian los siguientes valores:

 

-           El  compromiso y el sentido de pertenencia.

 

RESPETO: Se reconoce y valora en todas las personas su pensamiento y creencias, escuchando opiniones y expresándonos siempre con amabilidad y cortesía.

TOLERANCIA: Personas con capacidad de conocer, comprender y aceptar a los demás  en medio  de  sus  diferencias de  toda índole.

COMPROMISO: Atendemos cada una de las labores asignadas de manera eficaz, dando lo mejor y cumpliendo con las normas y leyes establecidas.

HONESTIDAD: Se trabaja con base en las normas legales, evitando toda actividad que lesione intereses personales o sociales, obrando siempre con veracidad y rectitud.

LIDERAZGO: Nuestros esfuerzos se orientan a destacarnos como personas capaces de generar propuestas,  cambios,  procesos y estrategias que  apunten al mejoramiento  de la  calidad  educativa y  bienestar social.

CONFIABILIDAD: Damos cumplimiento a nuestros compromisos con transparencia y rectitud en todas nuestras acciones.

DISCIPLINA: Diariamente se realizan las labores con entusiasmo y perseverancia en los planes establecidos para alcanzar las metas.

COLECTIVIDAD: Se busca a través de este valor que las acciones o actividades en general se desarrollen en forma colectiva y para beneficio de la generalidad de la comunidad educativa, partiendo desde la base de la concertación.

PARTICIPACIÓN: todo evento en lo posible propende hacia la participación directa e indirecta de la comunidad educativa, en aras del mejoramiento institucional

IDENTIDAD: Amor y respeto por nuestros símbolos patrios y folclor en la institución educativa    y fuera de ella.

 

EMBLEMAS INSTITUCIONALES

 


NUESTRO  ESCUDO                                                                      NUESTRA BANDE

 

 

 

ESLOGAN:

 

Formando seres integrales con espíritu social, emprendedores y versátiles para la transformación de nuestra región

 

 

MECANISMOS DE COMUNICACIÓN

 

Mecanismos de Comunicación: La Institución Educativa Primitivo Crespo, cuenta con una Oficina de Secretaría general con cuatro funcionarias (secretaria general, pagador y dos auxiliares administrativas) dispuestas a atender las peticiones de padres, estudiantes y profesores que por alguna circunstancia requieren de sus servicios ya sea de forma presencial, telefónica, escrita, vía web. Estos medios de información y comunicación, sirven de instrumentos efectivos para el libre pensamiento y la libre expresión de los integrantes de la comunidad educativa de la Institución, en el marco de la relación entre libertad y responsabilidad social señalada por la Constitución Política de Colombia.

 

Las carteleras. Contienen información de interés general de rápido acceso y de actualidad.

 

Página Web (http://primitivocrespo.jimdo.com/). Es un medio dinámico e interactivo en el que se puede consultar la información institucional de carácter, académico, social, cultural y deportivo cronogramas, conocer la vida escolar, la gestión de calidad, los procesos de admisión y matrícula, así como las noticias y actividades destacadas de la Institución o que tienen relación con él. También se utiliza para comunicaciones a través del correo institucional con padres y autoridades educativas.

 

Aulas virtuales. Apoyan con actividades interactivas la formación educativa presencial.

 

Las circulares y comunicados que orientan la labor cotidiana con la garantía del conocimiento de las mismas por parte de las familias,  docentes, y estudiantes.

 

 

 

 


CAPITULO II

 

HORIZONTE INSTITUCIONAL:

Misión, Visión, filosofía y valores institucionales

Objetivos y metas institucionales.

 

 

Artículo 2: El horizonte institucional establece de acuerdo a los principios fundamentales de su filosofía plantea la política de calidad y de conformidad con el Art. 87 de la ley 115 del /94 y presenta:

 

 

a. Misión

 

La Institución Educativa “Primitivo Crespo”, brinda a la comunidad estudiantil una formación integral e inclusiva fundamentada en principios y valores éticos, culturales, científicos y tecnológicos. Preparándolos para ingresar a la educación superior  y  a nuevas exigencias del mercado laboral, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de todos y todas sin distinción o discriminación alguna de   credo , raza,  religión condición física y /o  mental ,sexo , origen , posición  económica o social.

 

b. Visión

 

En el 2018 la Institución tendrá una educación certificada e inclusiva, con espacios asequibles y elementos de apoyo para garantizar igualdad de oportunidades a niños, niñas, jóvenes y adultos, quienes a través de los conocimientos en ciencia y tecnología, liderarán propuestas de emprendimiento y mejoramiento para el desarrollo de su comunidad.

 

c. Nuestras Creencias

 

Transformamos el mundo de hoy formando personas virtuosas, creativas y capacitadas.

 

Involucrando respeto, honestidad y disciplina en el conocimiento, contribuimos en el progreso  de una sociedad integra e incluyente.

 

Formando líderes con sentido de pertenencia y compromiso procuramos por una nación emprendedora y justa.

 

Proporcionar una educación asertiva, participativa e incluyente, garantiza el nivel cultural propio para una época dinámica, tecnológica y de constantes cambios.

 

Creando conciencia crítica y analítica en nuestros estudiantes, formamos hombres y mujeres libres, capaces de luchar por sus propias metas y convicciones.

 

d. Principios Filosóficos

 

Los principios son reglas de conducta necesarias para el desarrollo y la felicidad del ser humano.  La institución Primitivo Crespo se rige por tres principios esenciales  que resalta

El escudo, los cuales a su vez contienen los valores universales necesarios para la sana convivencia. Por lo tanto la comunidad educativa deberá acatar y respetar con orgullo los principios que nos rigen.

 

VIRTUD: cualidad humana que permite a quien la posee tomar y llevar a término las opiniones correctas en las situaciones más difíciles para cambiarlas a su favor sin pisar la de otros, porque pone a los demás de su lado y los lleva a alcanzar unas metas para el bien de todos. El virtuoso es aquel SER que viviendo en un contexto logra cambios positivos para su comunidad.

 

CIENCIA: es el SABER y la aplicación de conocimiento y métodos para buscar repuestas. En nuestra institución cada estudiante estará involucrado en proyectos que le permitan ir más allá de una orientación o una enseñanza, impulsándose a buscar por cuenta propia “el porqué de las cosas”.

ARTE: desarrollo de la habilidad y la imaginación, es el HACER de una actividad o producto con una finalidad estética o comunicativa. Nuestro objetivo es motivar a la comunidad educativa a través de las áreas de artística, emprendimiento y economía herramientas básicas para la competitividad en el mercado, con la finalidad de alcanzar, sostener y mejorar una determinada posición socioeconómica en el entorno en que actúa.

 

RESPETO: valorar el espacio de convivencia que demanda la cotidianidad en la institución, de tal modo que se otorgue el debido reconocimiento a sus directivos, docentes, administrativos, compañeros y demás miembros de la comunidad. Es la base fundamental para una convivencia sana y pacífica entre todos los miembros de una comunidad, abarca todas las esferas de la vida empezando por nosotros mismos, a nuestros semejantes, el medio ambiente, las leyes, las normas sociales, la memoria de nuestros antepasados y a la patria en que vivimos.

 

TRABAJO: aprender a HACER para influir en el entorno, implica el desarrollo de habilidades y destrezas para desempeñarse en la vida, poner en práctica los conocimientos, y adaptar la enseñanza al futuro mercado del trabajo. Preparando a los y las jóvenes desde el nivel de la básica secundaria y la media, en la capacitación básica inicial para el trabajo y la preparación para vincularse al sector productivo y a las posibilidades de formación que éste ofrece. (ley 115/94 Art. 33).

 

IGUALDAD: la educación es un derecho universal que acoge a todos los niños, niñas y jóvenes sin distinción alguna y con igualdad de oportunidades, la Institución Primitivo Crespo asume la educación inclusiva como un nuevo modelo para desarrollar una sociedad justa, democrática y solidaria que surge del convencimiento de que la educación es un derecho humano fundamental y, como tal, un elemento clave para el desarrollo y para la paz así como el medio indispensable para participar en los sistemas sociales de nuestro tiempo afectados por una vertiginosa globalización.

 

La comunidad educativa desarrollará otros valores como: disciplina, responsabilidad, honestidad, pertenencia, compromiso, tolerancia, solidaridad, justicia, inclusión, dedicación, voluntad, eficiencia, investigación, trabajo en equipo, autoestima, pluralismo entre otros.

 

e. Objetivos

 

Teniendo en cuenta la Misión y la Visión que son nuestra razón de ser,  la institución se ha trazado unos objetivos fundamentales que son:

 

Formar en valores para la vida y el amor, buscando el fortalecimiento de la calidad de vida individual, colectiva y de inclusión valorando y respetando la cultura, identidad, historia y tradición.

 

Desarrollar hábitos disciplinarios en la Comunidad Educativa para una sana convivencia, entregando a la sociedad, personas con juicios críticos constructivos  y reflexivos  que conlleven a dar soluciones que le permitan transformar su medio a partir de una nueva forma de asumir su responsabilidad a nivel Institucional y socio- cultural.

 

Crear espacios para acceder al conocimiento científico, cultural, artístico y deportivo, que promuevan el espíritu investigativo para la interacción con su entorno social, fomentando el desarrollo del talento humano, mediante el despliegue de sus potencialidades que le permitan el mejoramiento individual y colectivo.

 

Desarrollar actitudes favorables al conocimiento, valoración, protección y conservación de la naturaleza e incentivar a la comunidad educativa en el fomento y desarrollo del territorio en nuestro municipio.

 

Promover en el estudiante el desarrollo de  habilidades  y  competencias generales   y   ciudadanas   que permitan su futura vinculación al sector productivo.

 

Sensibilizar al estudiante frente a la aceptación y cumplimiento del Manual o pacto de Convivencia para mantener un clima de respeto y tolerancia.

 

f. Perfil del Estudiante

 

-       De conformidad con los principios filosóficos de la institución y las necesidades del contexto actual, la Institución Educativa “Primitivo Crespo” se propone formar estudiantes que sean:

-       Respetuosos de la opinión e integridad ajena, raza, credo, sexo, política, etnia, posición   económica y condición social.

-       Comprometidos con el conocimiento, el quehacer diario, y partícipes de un mundo cambiante y globalizado.

-       Habilidosos e imaginativos, impulsándose a buscar metas de corto y largo plazo para mejorar su calidad de vida.

-       Éticamente sanos y conscientes de los valores que como comunidad profesamos: respeto, responsabilidad, justicia, tolerancia, solidaridad, puntualidad, autoestima, con buen sentido del humor entre otros.

 

-       Emprendedores, participes de su desarrollo personal y profesional para el mejoramiento de su nivel de vida, de su familia, región y país.

-       Capacitados para ingresar a las universidades, escuelas superiores, instituciones técnicas entre otras.

-       Socialmente conscientes de sus derechos y deberes

-       Competitivos con las exigencias del mundo de hoy en   un   ambiente  de legalidad.

-       Comprometidos en un cambio de actitud para lograr la sana convivencia entre la comunidad.

 

 

 

CAPÍTULO III.  

POLÍTICAS DE DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONAL

                       

 

Artículo 3: POLÍTICAS DE DIRECCIONAMIENTO: Las políticas de direccionamiento son aquellas que permiten dejar claridad en las funciones y procedimientos de los funcionarios y comunidad educativa que actualmente tiene la institución y que atiende a un plan estratégico de organización para el mejoramiento continuo, por eso es necesario dejar trazadas las siguientes políticas administrativas institucionales.

 

1.  Realizar todos los procedimientos de calidad según el plan de mejoramiento determinado en cada una de las cuatro gestiones del PEI, las cuales son direccionadas por un directivo encargado y un grupo de docentes en cada gestión.

2.  Mantener la organización estratégica de los estamentos institucionales que direccionan el sistema educativo.

3.  Discernir y tomar decisiones conjuntamente entre los miembros representativos de la comunidad educativa.

4.  Asegurar la calidad del servicio asumida por toda la comunidad educativa.

5.  Asumir el Pacto de Convivencia Institucional como el documento legal que direcciona el cumplimiento  de  los requerimientos y procedimientos de la comunidad educativa.

6.      Mantener siempre el contacto permanente con los manuales de procedimiento.

 

 

 

Artículo 4: MODELO PEDAGÓGICO INSTITUCIONAL:

 

 

Enseñar a niños a contar es bueno, pero enseñarles lo que realmente cuenta es mejor Bob Talbert.

 

El desarrollo de las habilidades del pensamiento en los estudiantes  tiene el propósito de que se hagan más partícipes del mundo de hoy, de las ciencias y de las distintas problemáticas de orden social de su entorno inmediato, de esta manera los procesos educativos y las estrategias didácticas responden a la era del desarrollo tecnológico, los avances científicos y  del desarrollo económico de los países.

Pedagogos como DEWEY y su “APRENDER HACIENDO” conciben la enseñanza como un acto donde los estudiantes realizan actividades desde sus propios intereses, a través de experiencias directas con los objetos a conocer en contacto con problemas auténticos que estimulan el pensamiento, descubriendo por ellos mismos la validez de los aprendizajes.

 

1.  EL DOCENTE ES UN GUÍA

El maestro es solo un facilitador que genera espacios de aprendizaje, debe conocer los alumnos y el contexto en el que se mueven para identificar cuáles son sus conocimientos previos.

Como principal característica centra su interés en el diseño de proyectos educativos focalizados en las habilidades del pensamiento, en el desarrollo de destrezas cognitivas, en los procesos dinámicos del aprendizaje, en la selección de situaciones problemáticas a solucionar por los estudiantes.

Tratará de crear situaciones que obliguen a los niños a pensar para darles desde muy temprana edad, el placer del descubrimiento y la máxima confianza en la propia capacidad de pensar.

 

CARACTERÍSTICAS

•          El maestro debe crear un ambiente estimulante de experiencias que faciliten al estudiante su acceso a las estructuras cognoscitivas de la etapa inmediatamente superior.  No importa que el niño no aprenda a leer y escribir siempre y cuando contribuya al afianzamiento y desarrollo de las estructuras mentales del niño.

•          El proceso de aprendizaje prima sobre el proceso de enseñanza, el estudiante es el centro del proceso y se formará en el “aprender a pensar”, mientras el docente será un guía que le facilite al estudiante el desarrollo de sus estructuras de pensamiento.

 

•          El alumno aprende haciendo y es constructor de su propio conocimiento es decir es un sujeto activo, por lo tanto se da un  aprendizaje significativo.

•          La escuela gira alrededor del educando y su propósito es formar un hombre bajo la dimensión desarrolladora de sus capacidades individuales.

•          El estudiante trae conocimientos previos

•          Los nuevos conceptos establecen una relación con los que ya poseía y de esta forma se va modificando el conocimiento

•          Se utilizan metodologías que traten de potencializar las habilidades del pensamiento

•          El estudiante es activo, pone a prueba la capacidad de resolver problemas de pensamiento crítico-reflexivo y creativo

•          La meta educativa es que cada individuo acceda progresivamente a la etapa superior de desarrollo intelectual, de acuerdo con las necesidades y condiciones de cada uno

•          Se utiliza la autoevaluación

•          Los estudiantes son conscientes de su aprendizaje

•          La adquisición de los conocimientos se logra a través de los sentidos, del contacto directo de los elementos, en situaciones reales, concretas, según las necesidades e intereses de los estudiantes

•          El maestro es un orientador de sus estudiantes, movilizador de  estructuras cognitivas y conocedor de procesos cognitivos que llevan sus  estudiantes

•          El maestro observa, analiza, constata, compara, determina, valora y presenta alternativas para el aprendizaje. 

•          La evaluación es heterogénea, permanente y valora tanto procesos como resultados.

 

JOHN DEWEY, JEAN PIAGET, MONTESORI.  Exponentes del modelo pedagógico DESARROLLISTA.

 

 

CAPITULO IV

           

CARACTERIZACIÓN,  ORGANIGRAMA Y MAPA DE PROCESOS

 

                       

Artículo 5: CARACTERIZACIÓN, ORGANIGRAMA Y MAPA DE PROCESOS

 

La Institución Educativa Primitivo Crespo de Riofrio, es  de carácter Oficial- Mixto, aprobado legalmente por el Ministerio de Educación Nacional según resolución de aprobación No  de fecha .

 

Su domicilio principal está ubicado Rio frío del Valle.

 

El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento administrativo de la Institución

 

 Las sedes que la integran son:

 

        SEDE CENTRAL

 

        PEDRO MARÍA MARMOLEJO

 

        SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS

 

        SAN ISIDRO

 

MÉRIDA CRUZ

CAPITULO V. 

 ESTRATEGIAS DE SOCIALIZACION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN

 

 

Artículo 6.  Por medio de la cual se formula la ruta establecida como estrategia para la socialización del presente Manual de Convivencia implementado en la Institución Educativa Primitivo Crespo y se presentan los acuerdos al respecto:

 

a.    Socialización al Concejo de Docentes.

b.    Socialización del Consejo Directivo.

c.    Socialización al Consejo de docentes – personal administrativo. 

d.    Estudiantes por Sede.

e.    Asamblea General con Padres de Familia.

 

ACUERDO NRO. 1

07 SEPTIEMBRE 2017

 

Por el cual se modifica y aprueba el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Primitivo Crespo, teniendo en cuenta la normatividad legal vigente y que éste contiene los acuerdos de la comunidad educativa y garantiza la ruta del debido proceso para el cumplimiento de las obligaciones y de los derechos de todos sus miembros.  En uso de  las facultades conferidas por el Art. 87 de la Ley 115/94, el Art. 17 del Decreto 1860/94, el Art. 18 de la Ley 1620/2013 y los Art. 1, 28, 29 y 30 del Decreto 1965/2013, el rector (a)  de la  Institución Educativa Primitivo Crespo, Presidente del Consejo Directivo.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la institución educativa debe elaborar y aplicar un manual y Comité de convivencia como parte integral del PEI, el cual debe estar en concordancia con los principios definidos en este último.

 

Que el manual de convivencia define los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que se debe seguir ante el incumplimiento del mismo, según los acuerdos establecidos entre sus miembros.

 

Que, de conformidad con la normatividad vigente, el manual de convivencia debe definir los criterios, parámetros, procedimientos, acuerdos, reglas o normas para el uso y comportamiento relacionado con:

 

El respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo.

 

La calidad y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás, conexa con el servicio de educación.

 

La resolución de los conflictos individuales o colectivos que se presenten en la institución, los cuales deben incluir instancias de diálogo y de conciliación, bajo los principios de oportunidad y justicia.

 

La conducta y comportamiento de los miembros de la comunidad educativa para garantizar el mutuo respeto, así como la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.

 

Las recomendaciones y precauciones necesarias para el cuidado del ambiente escolar.

 

La presentación personal para evitar la discriminación de los estudiantes debido a razones de apariencia.

 

La higiene personal y de salud pública que preserve el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud.

 

Las estrategias integrales necesarias para la prevención al uso de sustancias psicotrópicas y otras actividades ilícitas, la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

 

La elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás estamentos del gobierno escolar previstos en el Decreto 1860/94, que debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes.

 

El uso y regulación del Internet en la institución, de la sala de informática, la biblioteca escolar, los dispositivos electrónicos, medios y tecnologías informáticas de uso pedagógico, tanto de la institución como los de propiedad de los estudiantes, así como también de otros espacios y recursos escolares.

 

La definición e inclusión de la ruta de atención integral y los protocolos necesarios para el tratamiento y las sanciones aplicables a las faltas disciplinarias y la no observancia de los acuerdos de convivencia, incluyendo el derecho a la defensa; además de la incorporación de las definiciones, principios y responsabilidades que establece la ley 1620/2013, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción, prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

 

El funcionamiento y operación de los medios de comunicación con que cuenta la institución para que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión de los miembros de la comunidad educativa.

 

La definición y escogencia de los materiales didácticos de uso general, los libros, los uniformes, los seguros de vida y de salud, y todos aquellos elementos necesarios para la prestación del servicio educativo en condiciones de calidad.

 

Que el objeto del Manual de Convivencia es proveer los principios reguladores de convivencia, procedimentales, culturales y de solidaridad como una ruta para alcanzar los objetivos contemplados en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994.

 

Que la comunidad educativa ha participado en las propuestas y la elaboración de los ajustes al presente manual de convivencia, las cuales han sido aprobadas por el Consejo Directivo.

 

Que el Art. 29 del Decreto 1965/2013, define los lineamientos generales para incorporar en el manual de convivencia de los establecimientos educativos las disposiciones sobre manejo de situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.

 

Que el manual de convivencia, de acuerdo con el Art. 21 de la Ley 1620/2013, ordena que los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos.

 

Que el Art. 144 de la Ley 115/94 y el Art. 23 del Decreto 1860/94, establecen como función del Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia de conformidad con la normatividad legal pertinente,

 

RESUELVE:

 

Aprobar la reforma del presente Manual de Convivencia y todo lo que éste contiene.

 

Publicar el texto completo del Manual de Convivencia y realizar la promoción entre sus miembros a través de los medios de comunicación interna, de los distintos órganos del gobierno escolar y las diferentes instancias de participación, de manera que sea ampliamente conocido por toda la comunidad educativa y en particular por estudiantes, padres y madres de familia y acudientes.

 

Adoptar como Manual de Convivencia todo lo que en él está contenido, el cual deberá ser respetado y acatado por todos los miembros la comunidad educativa, sin excepción.

 

Dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia, el cual entra a regir a partir del tercer periodo del año lectivo 2017, hasta cuando este consejo directivo no determine lo contrario, y que será responsabilidad de todos los estamentos de la comunidad educativa actuar conforme a lo establecido en el mismo.

 

Derogar todas las disposiciones que le sean contrarias; el presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 TITULO II

 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN SIE 2018

 

 

Artículo 7.  El  Sistema de Evaluación Institucional de los Estudiantes (SIEDES) es un componente del  Proyecto Educativo Institucional   y se refiere al  proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los Estudiantes  en relación con sus competencias.

 

PARÁGRAFO. Todas las áreas y/o asignaturas del plan de estudios serán objeto de evaluación y calificación independiente en cada periodo y al final del año lectivo.

 

 

CAPITULO I

ASPECTOS ACADÉMICOS DEL SISTEMA EDUCATIVO  INSTITUCIONAL.

(Documento que hace parte integral del Manual de Convivencia de la I.E. PRIMITIVO CRESPO)

 

Artículo 8.  LA EVALUACIÓN

 

DEFINICIÓN: La Institución Educativa Primitivo Crespo entiende por evaluación la acción permanente, ejecutada por los (las) educadores(as), los (las) estudiantes y las familias, a través de la cual se busca apreciar, estimar y valorar los procesos académicos, personales y sociales desarrollados, así como sus resultados, con el fin de mantener o elevar el nivel de desempeño y acompañar el desarrollo integral del estudiantado.

 

El proceso de evaluación comprende la observación, reflexión, identificación, descripción, explicación, comprensión e interpretación del desempeño de los(as) estudiantes, entendido este último, como la expresión de las capacidades, desarrolladas y actualizadas a través de los procesos de enseñanza y aprendizaje.   Posibilita la obtención de logros académicos a lo largo de un periodo de tiempo que se sintetiza en una valoración del nivel alcanzado.

 

Teniendo en cuenta el proceso enunciado anteriormente, el profesorado diseña y ejecuta estrategias didácticas que le permiten obtener, analizar e interpretar la información y determinar el alcance o no de los niveles de desempeño propuestos para las distintas áreas del Plan de Estudios.   Complementario a esto, la Institución favorece prácticas de autoevaluación que permiten la toma de conciencia de los estudiantes en su proceso personal, social y académico.

 

La evaluación de los estudiantes está ajustada a lo estipulado por el Ministerio de  Educación Nacional, de acuerdo con la Ley 115 de 1994, los Estándares Básicos de Competencia, los Lineamientos Curriculares y el Decreto 1290 de 2009.

 

1. Fases de la Evaluación

 

a. Evaluación Diagnóstica: por su carácter de antecedentes básicos que el maestro necesita tomar en cuenta antes de realizar cualquier actividad, la evaluación diagnóstica deberá llevarse a cabo al inicio del curso y/o al inicio de cada unidad o cuando el docente lo considere necesario.

 

b. Evaluación Formativa: informa tanto al estudiante como al maestro acerca del progreso alcanzado por el primero, localiza las deficiencias observadas durante un tema o unidad de construcción del conocimiento, valora las conductas intermedias del estudiante para descubrir cómo se van alcanzando parcialmente los objetivos propuestos. Esta evaluación se va adelantando en cada momento del proceso.

 

c. Evaluación Sumaria: con este proceso se pretende valorar individualmente cada uno de los procesos desarrollados por el estudiante plasmados en los instrumentos para evaluación presentados por él a lo largo del periodo escolar.

Certificar que se han alcanzado las competencias propuestas.

Hacer una recapitulación o integración de los contenidos de aprendizaje sobre los que se ha trabajado a lo largo de todo el curso.

Integrar en una sola, las diferentes evaluaciones que ha obtenido el estudiante a partir de la presentación de las pruebas e instrumentos empleados por el docente para tal fin.

La evaluación sumaria será emitida al fin de una unidad didáctica o de todo un curso escolar. Tiene gran valor su papel en la organización mental del conocimiento por parte del estudiante, por medio de ella relaciona los diferentes aspectos del conocimiento y tiene un panorama general del curso o de la unidad que son objeto de la evaluación.

 

Valoración Integral Final: valor numérico que reúne en uno solo todos los juicios de valor emitidos durante el desarrollo del proceso de construcción del conocimiento de cada uno de los estudiantes.

 

Artículo 9.  OBJETIVOS Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN

 

A través del ejercicio evaluativo se pretende:

 

Ø  Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.

Ø  Favorecer en cada estudiante el desarrollo de sus capacidades y habilidades.

Ø  Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de  aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

Ø  Hacer de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación unas prácticas permanentes, para llegar a convertirlas en algo necesario y útil.

Ø  Valorar el alcance de los logros definidos en el Plan de Estudios.

Ø  Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los(as) estudiantes que tengan dificultades en su proceso académico.

Ø  Ofrecer al estudiantado oportunidades para aprender del acierto, del error y, en general, de la experiencia.

Ø  Proporcionar al docente información básica para reorientar o consolidar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

Ø  Suministrar información que permita al docente implementar estrategias didácticas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades o desempeños superiores en su proceso formativo y a la institución para autoevaluarse en su calidad académica orientada a dinamizar de manera permanente su plan de estudios.

Ø  Aportar información para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional.

 

 

Artículo 10  LAS ÁREAS  OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES:

 

Contempladas en el Art. 23 de la ley 115 de 1994, al igual que las 7 dimensiones del preescolar que menciona el Decreto 2247 de 1996. Por lo tanto, no existen áreas ni dimensiones  que sean más importantes que otras y en todas deben alcanzarse totalmente los logros previstos de cada plan de estudios para su promoción.

 

PARÁGRAFO 1. El plan de estudios de la institución educativa no asume el término de asignaturas. Tenemos así:

 

ÁREAS

ASIGNATURAS

EDUC.RELIGIOSA

Educación Religiosa/ respeta la libertad de cultos

ÉTICA Y VALORES

Ética y Valores

CIENCIAS

SOCIALES

Geografía, historia, Constitución Política, cívica, etnoeducación

CIENCIAS ECONÓMICAS Y POLITICAS

Ciencias económicas y políticas

FILOSOFIA

Filosofía

 

HUMANIDADES Y CASTELLANO

Humanidades – Castellano

IDIOMA EXTRANJERO

Inglés

EDUCACIÓN FÍSICA

Educación Física, recreación y deporte

EDUCACIÓN ARTÍSTICA

Educación Artística

CIENCIAS  NATURALES

Biología y Medio ambiente

Medio ambiente

Química y laboratorio de química

Física y laboratorio de física

MATEMÁTICA

Aritmética, álgebra, geometría, estadística

trigonometría

Cálculo

EDUCAC. TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA

Tecnología y sistemas

e Informática

 

ÁREA OPTATIVA:

ARTES MANUALES: Bisutería, Decoración  de fiestas, artesanía en enea, uso de papel de reciclaje, pintura, origami y otras.

EMPRENDIMIENTO: Gestión empresarial y Orientación profesional

TÉCNICAS AGROPECUARIAS en agricultura limpia y huerta casera

 

 

PARÁGRAFO 2. Las Dimensiones del nivel de Pre Escolar son:  

1.    Dimensión Socio afectiva.

2.    Dimensión Comunicativa.

3.    Dimensión Corporal.

4.    Dimensión Cognitiva.

5.    Dimensión Espiritual.

6.    Dimensión Estética.

7.    Dimensión Ética.

 

 

Artículo 11   PERIODOS DEL AÑO ACADÉMICO:

 

El año académico tiene 40 semanas efectivas de clases y se divide en cuatro (4) períodos de 10 semanas cada uno. Al finalizar cada período académico se sacarán las valoraciones, producto del proceso evaluativo,  que se registrarán en los boletines de calificaciones, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el SIEDES y la escala nacional.

 

Artículo 12  DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES EN EL PROCESO DE  EVALUACIÓN:

 

Al iniciar cada período los padres de familia y los Estudiantes deben ser informados sobre: 

1.    los criterios evaluativos  establecidos en el SIEDES,

2.    las temáticas a desarrollar durante el respectivo período,

3.    los  indicadores de desempeño y las estrategias de evaluación,

4.    los puntajes asignados a éstos y

5.    la matriz  o formato para la heteroevaluación, la cual,  contendrá los mismos puntos que  el formato de  la autoevaluación y la coevaluación.

 

PARÁGRAFO 1. Los Padres de Familia y el Estudiante   participarán durante el período, junto con el Docente del área, de los  programas de nivelación, cuando una o más áreas hayan sido valoradas  en el rango de  uno a dos con noventa y nueve centésimas (1,00 a 2,99).

 

PARÁGRAFO 2.  Al estudiante se le garantiza la entrega oportuna del plan  de nivelación  conforme a las  estipulaciones del presente Sistema Institucional de  Evaluación de los Estudiantes.

 

PARÁGRAFO 3.  Al Estudiante se le garantiza  su derecho a realizar la autoevaluación y la coevaluación,  en su calidad de sujeto del proceso evaluativo (Artículo 31 Ley de la infancia y la adolescencia, Decreto 1290 del 2009).

 

 

Artículo 13   ESPACIOS PARA NIVELACIÓN ACADÉMICA Y/O ACTIVIDADES DE APOYO PEDAGÓGICO:

 

 Durante el período académico se generarán espacios para desarrollar las actividades de nivelación y apoyo pedagógico así:

1.    Luego de cada evaluación, el docente propiciará una actividad de nivelación y/o refuerzo para aquellos estudiantes que obtengan BAJO logro.

2.    En la última semana de cada período se generarán actividades de nivelación para estudiantes de desempeño BAJO.

3.    Al final de año lectivo se generarán espacios de   nivelaciones académicas

 

 

Artículo 14   ACTUACIONES CON RESPECTO A LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES:

 

a.    ENTREGA DE BOLETINES: Dentro de los 10 días siguientes de que  finalice  cada uno de los periodos, los padres de familia y el estudiante, recibirán el boletín, en el que se expresen las calificaciones de los desempeños integrales alcanzados, de acuerdo a la escala institucional y nacional.

 

b.    REUNIÓN PERSONALIZADA: Al finalizar cada periodo Académico se realizará reunión personalizada con el Docente del área, el Estudiante que obtuvo desempeño BAJO y los Padres de Familia para hacer entrega de un plan de nivelación y firmar un compromiso pedagógico, teniendo en cuenta solamente los desempeños no alcanzados en el período Académico.

 

c.    VERIFICACIÓN DE COMPROMISOS ACADÉMICOS: Una vez finalizado el periodo siguiente, la comisión de evaluación y promoción convoca nuevamente al Docente, a los Padres de Familia  y al Estudiante que desarrolló actividades de nivelación porque obtuvo desempeño BAJO, con el fin de verificar si cumplieron los compromisos del periodo anterior. Se deja constancia en el acta de la sesión.

 

d.    QUEJAS O RECLAMOS: Los padres de familia y/o acudientes y los estudiantes tendrán derecho a presentar reclamaciones y quejas relacionadas con el proceso de evaluación. Ellos y Ellas presentarán por escrito, ante la Coordinación de la Institución,   la petición y las correspondientes evidencias que muestren   las  inconsistencias, diferencias y/o problemas presentados en la evaluación. La Coordinadora radica la queja en una carpeta determinada para ello, y  convoca a reunión de la Comisión de Evaluación presidida por la Rectora   para atenderla, dentro de los tres (3) días siguientes, quien determinará el procedimiento adecuado para resolverla. Si en esta instancia no se encuentran  soluciones satisfactorias, la queja  y/o reclamación será resulta en Consejo Directivo, con la asistencia de la mayoría simple de sus  miembros.

 

 

Artículo 15. DERECHOS DEL ESTUDIANTE:

 

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

 

Ø  Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

Ø  Conocer el sistema institucional de evaluación, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

Ø  Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.

Ø  Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

 

Artículo 16 DEBERES DEL ESTUDIANTE:

 

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

 

Ø  Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos en el presente sistema institucional de evaluación de aprendizajes y promoción de estudiantes.

 

Ø  Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.

 

Ø  Presentar el debido soporte de inasistencia (de la eps o firmada por el padre de familia si se trata de calamidad doméstica) y colocarse al día con tareas y obligaciones.

 

Ø  Presentarse debidamente a la IE con el uniforme establecido, DIARIO: hombre blue jean azul turquí clásico (sin rotos ni entubado), camibuso blanco con el logotipo de la I.E, medias blancas clásicas, zapato negro con cordones negros, correa negra y sin ningún otro tipo de accesorios. Mujeres: Falda en escocesa de prenses seguidos por lado y lado a la rodilla, bolsillo interno lateral derecho, cierre y botón lado izquierdo; blusa en dacrón algodón blanco, cuello sport, manga corta, bolsillo lado izquierdo con el logotipo de la I.E; medias blancas a la altura de la pierna, zapatilla negra con cordones negros y sin ningún accesorio ni maquillaje (rostro y uñas).

 

Ø  EDUCACIÓN FÍSICA: (uniforme unificado para ambos sexos) Camiseta franela blanca, cuello en V con ribete azul turquí, igual puños, con el logotipo de la I.E estampado. Pantalón sudadera en azul turquí con dos franjas blancas laterales, bolsillo interno lado derecho y bota sin entubar, medias blancas clásica, tenis blancos con cordones blancos y sin ningún tipo de accesorio ni maquillaje.

 

o   En caso de utilizar abrigo debe ser de color  azul turquí o blanco.

o   Las gorras  serán permitidas con el uniforme de educación física sólo durante el desarrollo  de la misma clase, éstas deben ser de color azul turquí o blancas.

 

Ø  Cumplir con las demás disposiciones contempladas - establecidas en el Manual de Convivencia de la I.ECAPÍTULO   II

 

DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEFINIDOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

(SIEDES)

 

 

Artículo 17  CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

 

1. VALORACIÓN DE LAS ÁREAS Y LAS ASIGNATURAS:

 

Las asignaturas contempladas en el plan de estudio y que hacen parte de un área se valorarán independientemente, promediándose al final de cada periodo. Cada área definirá el porcentaje de cada asignatura para su promoción teniendo en cuenta la intensidad horaria.

 

 

2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

 

Ø  El año académico estará dividido en tres períodos de igual duración.

Ø  La valoración de cada período académico, así como la definitiva, se expresará a través de una escala numérica y su equivalente cualitativo según el nivel de desempeño.

Ø  Las áreas y asignaturas son evaluadas a través de las estrategias que permiten observar cómo se están alcanzando las metas establecidas.

Ø  En cada período académico se realizarán pruebas acumulativas que buscan recoger los avances en los procesos desarrollados durante un periodo determinado de  tiempo. Evalúa la aplicación de los saberes aprendidos por los estudiantes.

Ø  El plan de evaluación o verificación del proceso académico de cada estudiante en el período está determinado de acuerdo con la intensidad horaria, las fechas de evaluaciones serán socializadas por cada docente.

Ø   Las diferentes evaluaciones de 1º a 11º se valorarán en forma cuantitativa en una escala entre 1.0 y 5.0.

Ø  Las áreas compuestas por dos o más asignaturas se aprueban cuando el promedio (según la intensidad horaria  y peso asignado) corresponde a una nota de 3.0 o más.

 

Nota: Además de estos criterios están los que internamente maneja cada área de acuerdo con el plan de estudios, los cuales están estipulados en el Plan de Área.

 

DESEMPEÑO SUPERIOR. Descripción: Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesta por la Institución, alcanzando óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje.

 

Criterios de Evaluación:

 

·         Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

·         El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.

·         Maneja adecuadamente y  argumenta  los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.

·         Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.

·         Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.

·         Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase afianzando la investigación.

·         Asume con responsabilidad, dedicación y  dinamismo  sus compromisos académicos.

·         Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas las argumenta y propone  alternativas con propiedad.

·         No tiene faltas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su  proceso de aprendizaje se vea afectado.

·         No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa.

·         Manifiesta  y  estimula el  sentido de pertenencia institucional 

·         Proyecta  lo  aprendido en la dimensión  personal  y  social  ( trabaja  en   equipo, toma decisiones, presenta   liderazgo , capacidad  de  mediación  en  equidad)

 

DESEMPEÑO ALTO. Descripción: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía del  colegio,  alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje.

 

Criterios de Evaluación:

 

·         Participa moderadamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

·         El trabajo en el aula es constante aportando   con  discreción  y enriquece al grupo.

·         Maneja adecuadamente  los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.

·         participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.

·         Su comportamiento y  actitud, favorece  a la dinámica de grupo.

·         Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.

·         Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.

·         Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.

·         tiene faltas, y  presenta excusas justificadas sin que su  proceso de aprendizaje se vea afectado.

·         su comportamiento favorece  la  dinámica  de grupo y  su relación con todas las personas de la comunidad educativa.

·         Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

·         No requiere acompañamiento para proyectar lo  aprendido en la dimensión  personal  y   social  ( Trabaja  en   equipo, toma decisiones, presenta   liderazgo , capacidad  de  mediación  en  equidad)

 

 

DESEMPEÑO BÁSICO. Descripción: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos  para  alcanzar los desempeños necesarios en el área.

 

Criterios de Evaluación:

 

·         Participa eventualmente  en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

·         El trabajo en el aula es regular  y eventualmente aporta  al grupo.

·         Relaciona   los conceptos aprendidos  con  experiencias   de   su  vida, pero  necesita colaboración  para  hacerlo.

·         Eventualmente respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.

·         Su comportamiento y actitud  dinamiza eventualmente  al  grupo.

·         Consulta  algunas veces diversas fuentes de manera que contribuye  las temáticas vistas en clase.

·         Alcanza  los  desempeños  mínimos  con   actividades    complementarias

·         Es  inconstante  en  la  presentación  de   sus trabajos  consultas  y  tareas,  las  y las  argumenta  con  dificultad.

·         Presentas   faltas  de  asistencia  justificadas e  injustificadas

·         presenta algunas dificultades en su comportamiento  y  es inconstante  en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa.

·         Algunas veces manifiesta sentido de pertenencia institucional.

·         Regularmente proyecta lo  aprendido en la dimensión  personal  y   social  ( Trabaja  en   equipo, toma decisiones, presenta   liderazgo , capacidad  de  mediación  en    equidad)

 

DESEMPEÑO BAJO. Descripción: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los valores, la filosofía de la Institución y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área.

 

Criterios de evaluación:

 

·         El  ritmo  de  trabajo es inconstante lo que  dificulta   el progreso en el  desempeño académico  de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

·         El trabajo en el   aula   es  deficiente  y  no enriquece al grupo.

·         No maneja adecuadamente los conceptos aprendidos ni los relaciona con experiencias vividas, para tener   una posición crítica.

·         Muy  pocas veces respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.

·         Su  mal comportamiento y actitud, entorpece frecuentemente  la dinámica de grupo.

·         Sus  hábitos  de consulta  y   estudio   no son  pertinentes  ni    alcanzan  los    requerimientos  mínimos.

·         Eventualmente asume con  responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos y   disciplinarios.

·         Pocas veces presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas ni las argumenta con propiedad.

·         Presenta un porcentaje alto  de  faltas de   asistencia  y no presenta excusas justificadas afectando su  proceso de aprendizaje.

·         No alcanza    los  requerimientos  mínimos y requiere constantemente  actividades  de  refuerzo y   superación sin embargo, después   de   realizar  dichas    actividades   no  alcanza   los   logros  previstos.

·         presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las personas de la comunidad educativa.

·         No manifiesta sentido de pertenencia institucional.

·         Presenta dificultades para proyectar lo  aprendido en la dimensión  personal  y   social  ( Trabaja  en  equipo, toma decisiones, presenta   liderazgo , capacidad  de  mediación  en  equidad)

 

Nota: se debe revisar cada criterio para que sea coherente con los cuatro componentes.

 

Artículo 18  CRITERIOS DE APROBACIÓN, PROMOCIÓN Y NO PROMOCIÓN ESCOLAR

 

La evaluación integral del estudiante tendrá en cuenta aspectos generales de su proceso de formación: lo académico, lo normativo, lo personal, lo social y lo propio de las áreas, proyectos, actividades que complementan el plan de estudios.

 

1.  CRITERIOS DE PROMOCIÓN AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR

 

La comisión de promoción de cada grado será la encargada de analizar y determinar la promoción o no de los (las) estudiantes de acuerdo con los siguientes criterios:

 

El alcance de las metas propuestas para el grado respectivo en que se encuentra el estudiante, teniendo en cuenta la valoración final de todas las áreas con un Desempeño Básico, Alto o Superior.

 

La valoración definitiva del año para aquellas áreas compuestas por dos o más asignaturas se determina cuando el promedio (de acuerdo a la intensidad horaria y asignación de peso porcentual), corresponde a una valoración de 3.0 o más.

 

“En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni actividades. Los estudiantes avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales” (Decreto 2247, Capítulo 1 Artículo 10).

 

La Familia puede solicitar por escrito a la Coordinación Académica la repetición de procesos en cualquier grado, si lo considera pertinente.

 

La no promoción de un estudiante al grado siguiente puede darse por las siguientes causas:

 

Ø  Obtener niveles de desempeño bajo (valoraciones inferiores a 3.0) en dos o más áreas del plan de estudios al finalizar el año escolar.

 

Ø  Dejar de asistir injustificadamente al 25% o más de las actividades pedagógicas durante el año escolar. Para los(as) estudiantes con permisos especiales como es el caso de los deportistas, intercambios educativos y culturales, programas de inmersión y otros de fuerza mayor, se les dará un tratamiento personalizado.

 

Los estudiantes que no alcanzan los logros en una asignatura o área  deberán alcanzarlos en el periodo de acompañamiento pedagógico en el transcurso del periodo lectivo escolar correspondiente de acuerdo con la programación definida desde Coordinación Académica.

 

Como parte de la preparación de la actividad de nivelación  la Institución le hará entrega, bien sea en físico o de manera virtual, las  actividades  de  apoyo pedagógico  sobre la asignatura o área pendiente y  tendrá  plazo   para  la   superación  hasta finalizar   el  periodo correspondiente,  según  el   plan  de  trabajo   acordado  con  el  docente. Dicha entrega de la actividad de nivelación, debe reposar en coordinación académica, con su respectivo recibido por parte del estudiante y acudiente o padre de familia.

 

Nota: Cuando un estudiante no sea promovido, el Coordinador Académico citará a la familia, a una reunión con el Asesor de grupo para informar la decisión de la Comisión de Promoción y debe reposar en coordinación el  acta de reunión para el acompañamiento.

 

A los estudiantes en calidad de matrícula de traslado (estudiantes que llegan sin notas de algún período, ni parciales ni finales de período), no se les reportará informes de desempeño académico, ni serán sujetos de promoción hasta tanto legalicen su estado académico (salvo estudiantes en situación de vulnerabilidad). Para legalizar su estado académico, al ser matriculado en la Institución extemporáneamente, se solicitará al estudiante traer los cuadernos de la Institución donde se encontraba matriculado para ser entregados a cada docente de cada área con el ánimo de verificar el proceso y estado de entrada y dar paso al proceso de nivelación. la coordinación académica revisará y solicitará un informe escrito sobre las notas de cada período para pasar a registro académico.

 

2.  CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS EL AÑO ANTERIOR

 

El acudiente  de los estudiantes no promovidos podrán solicitar, por escrito (en físico) a la Coordinación Académica, a más tardar una semana después de iniciado el primer periodo, la promoción de su hijo (a) al grado siguiente; ésta revisará la solicitud e informará a la Comisión de promoción y evaluación y al Consejo Académico los candidatos para la promoción y de esta manera dar inicio al  proceso,  el cual  concluirá   con  la aprobación  del  consejo  directivo.

Los criterios de promoción que se deben considerar son los siguientes:

 

a.    El estudiante deberá ser matriculado en el mismo grado.

b.    Deberá   cursar  mínimo  el   70% del primer  periodo  académico.

c.    Alcanzar   notas  con desempeño  alto en  la   totalidad  de  las   áreas y además presentar una  disciplina  excelente.

d.    Si pasa el anterior criterio, solicitará el plan de trabajo de las áreas que no aprobó el año anterior, con plazo máximo hasta el final del primer periodo.

 

Nota: Las notas del primer periodo para los estudiantes promocionados serán las mismas que hasta la fecha se valoraron en el desempeño personal y social. Para el desempeño cognitivo los docentes entregaran el respectivo plan de nivelación para dichos estudiantes. Para los casos de asignaturas nuevas se hará una nivelación especial.

 

Estos criterios no serán válidos para estudiantes nuevos que se matriculen y vienen reprobados de otra institución.

3.  CRITERIOS DE PROMOCIÓN ANTICIPADA

 

Durante el primer período académico un estudiante podrá ser promovido cuando demuestra  superación  (desempeño  superior)  en  los  requerimientos  establecidos para cada área en el grado que cursa y además muestra madurez en el conjunto de sus dimensiones.

 

La promoción anticipada del estudiante podrá ser solicitada por el acudiente o por la comisión de evaluación y promoción cuando su desempeño en lo personal, social y académico cuenta de un desarrollo superior a lo esperado en el grado. La Coordinación Académica previo consentimiento del  acudiente, presentará el caso al Consejo Académico el cual por consenso tomará la decisión de presentar el caso al Consejo Directivo para determinar o no la promoción.

 

La Coordinación Académica es quién presenta el caso en el Consejo Directivo, informa sobre el consentimiento del acudiente  y le pide la aprobación de la promoción. Ésta debe darse por consenso y quedar consignada en un acta. Una vez aprobada la promoción anticipada de un estudiante se realiza la Resolución  Rectoral que aprueba la promoción. Copia de ésta se entrega al  acudiente, una segunda copia va al libro de calificaciones y una tercera reposa en Coordinación Académica. La Coordinación Académica es la encargada de informar al  acudiente  y  al (la) estudiante la decisión.

 

La Institución favorecerá momentos de explicación de lo básico que se ha trabajado en el periodo para facilitar al estudiante la llegada al nuevo grado. El acudiente y el estudiante deberán comprometerse con el desarrollo del plan de apoyo entregado.

 

Parágrafo 1: Durante el tercer período académico un estudiante podrá ser promovido cuando por motivos de fuerza mayor se deba ir y ha cumplido con los requerimientos establecidos para cada área en el grado que cursa. El acudiente  debe presentar por escrito la solicitud a la Coordinación  Académica, que dará respuesta de igual forma.

 

El estudiante deberá presentar la documentación de la entidad competente, si fuere del caso por enfermedad (entidad de Salud), amenaza (Certificado entidad garante de derechos), entre otros.

 

 

Artículo 19  ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

 

Según el Artículo 5 del Decreto 1290 “Cada establecimiento educativo definirá y adoptará su escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en sus sistemas de evaluación. Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos”. La siguiente es la escala de valoración institucional:

 

ESCALA VALORACION INSTITUCIONAL

EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

DEFINICIÓN DE CADA DESEMPEÑO

4.5 a 5.0

Desempeño Superior

Asume un comportamiento excelente y acorde con los valores y la filosofía propuesta por la Institución, alcanzando óptimamente los logros propuestos y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje.

 

4.0 a 4.4

Desempeño Alto

Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en su proceso de aprendizaje.

 

3.0 a 3.9

Desempeño Básico

Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los  valores y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en el área. (“La denominación desempeño básico se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el ministerio de educación nacional” artículo 5, 1290)

 

1.0 a 2.9

Desempeño Bajo

Desempeño bajo: 1.0 – 2.9 Descripción: Presenta actitud insuficiente y de desinterés ante los  valores, la filosofía de la Institución y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área. (“El desempeño bajo se entiende como la no superación de los mismos” articulo 5,1290)

 

 

 

1. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

Se asume que el resultado final de una evaluación en cada periodo escolar es el producto de la evaluación de los desempeños cognitivos, personales y sociales y autoevaluación demostrados por el estudiante a través de la puesta en marcha de los diferentes planes de estudio. Teniendo en cuenta el modelo pedagógico constructivista dialogante, se debe tener presente  que la evaluación sea un proceso de desarrollo integral haciendo uso de la co-evaluación, hetero-evaluación y autoevaluación.

Los  resultados  académicos  de  evaluación  integral y la medición del conocimiento se realizará a través del desarrollo de las competencias sicas, ciudadanas, laborales, generales y espeficas, que permiten la medición del conocimiento a través de los niveles de competencia obtenidos sen los desempeños de la escala de valoración nacional, expresados en la planilla de evaluación.

 

DESEMPEÑOS COGNITIVOS (75%):

 

Para el desempeño cognitivo se valorará haciendo uso de la heteroevaluación. Las distintas actividades y formas de evaluar a los estudiantes a lo largo del desarrollo de cada una de las áreas, deben tener correspondencia con los indicadores, los logros, los desempeños y las competencias fijadas para los períodos y para todo el año escolar.

La elaboración de los juicios valorativos por parte de los docentes que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los estudiantes, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlo.

La observación y apropiación de los criterios de evaluación propuestos por el área en su respectivo plan de estudios de acuerdo con las necesidades de cada grupo y la autonomía del docente.

 

El registro de ausencias de los estudiantes a las clases de cada docente son causa de rendimiento bajo en el desarrollo cognitivo, cuyas inasistencias  serán reportadas aun con justificación. En todo caso, se deben generar estrategias especiales para aquellos estudiantes que hayan tenido la debida justificación.

 

DESEMPEÑO PERSONAL: (15%)

 

Se tendrá en cuenta la participación en clase, la puntualidad, la presentación personal, Toda manifestación de respeto hacia la diferencia y aquellas que sean definidas por las áreas en sus planes. Además se incluirá la autoevaluación, que tiene un peso del 5%.

 

DESEMPEÑO SOCIAL: (10%)

Se tendrá en cuenta la coevaluación, las actividades grupales realizadas y programadas por cada área.

 

 

Artículo 20.  LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO  PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR

 

 

·         Cada docente debe presentar los talleres de recuperación previamente a las directivas en relación con los logros perdidos, para su respectiva impresión y copia.

·         Informar a los padres de familia con 8 días de anterioridad las fechas de las reuniones que serán de carácter obligatorio, para realizar los respectivos informes académicos de cada periodo, por los siguientes medios (citaciones realizadas por coordinación, registro telefónico, cuaderno de notas, redes sociales, etc…)

·         La Fecha para enviar la citación para el primer informe de seguimiento es del 27 de febrero al 3 de marzo.

·         La fecha para enviar la citación para el segundo informe de seguimiento  es del 5 al 9 de junio.

·         La Fecha para enviar la citación para el tercer informe de seguimiento es del 25 al 29 de septiembre.

·         Los estudiantes cuyos  acudientes no se presenten a la reunión, serán devueltos.

·         Establecer horarios de reuniones  para cada docente de área, para la entrega de los talleres de recuperación y posterior firmas de actas de padres de familia, acudientes y estudiantes.

·         Citar a los padres de familia para la entrega de las recuperaciones de los estudiantes.

·         Si los padres de familia o acudientes no asisten a la reunión de entrega de recuperaciones al estudiante no se le recibe al día siguiente.

·         Establecer las normas básicas de convivencia entre los estudiantes, docentes y directivos (con un énfasis en la familia) para incentivar a los estudiantes la cultura social.

·         Elaborar un acto de corresponsabilidad para comprometer a los padres de familia y/o acudiente a la asistencia a todas las reuniones o citaciones realizadas por los docentes o directivos docentes.

 

 

 

Artículo 21. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES

 

Se considera la autoevaluación como un proceso pedagógico que permite en la persona determinar sus fortalezas para continuar con ellas y debilidades para construir planes de mejoramiento y convertirlas en fortalezas; es por eso que al finalizar cada periodo académico se realiza una autoevaluación descriptiva con base en los resultados obtenidos. Es importante aclarar que a lo largo del año se orientan y se motivan a las personas para que dicha autoevaluación la hagan con rectitud, verdad y honestidad.

 

Teniendo en cuenta el proceso enunciado anteriormente, el profesorado diseña y ejecuta estrategias didácticas que le permiten obtener, analizar e interpretar la información y determinar el alcance o no de los niveles de desempeño propuestos para las distintas áreas del Plan de Estudios.   Complementario a esto, la Institución favorece prácticas de autoevaluación que permiten la toma de conciencia de los estudiantes en su proceso personal, social y académico.

 

La valoración del componente de afectividad resulta de la apreciación del docente y de la autoevaluación de los estudiantes.

 

Se debe sensibilizar al estudiante frente a la objetividad y racionalidad de la autoevaluación e ilustrarle acerca de las dimensiones de la formación integral. De igual manera, se debe otorgar el espacio de tiempo necesario para la aplicación de la autoevaluación. Finalmente, se realiza el análisis del resultado  de las autoevaluaciones para incorporarlos a las evaluaciones definitivas del periodo.

 

PARAGRAFO: En todo caso al finalizar cada periodo académico la autoevaluación corresponderá a una de las notas que se computaran para la obtención de la nota definitiva del periodo.

 

 

Artículo 22.  ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

 

 

La Institución Educativa Primitivo Crespo debe asumir  estrategias de apoyo que le asegure a cada estudiante alternativas de mejoramiento en su aprendizaje.  Estas alternativas deben estar sujetas al ritmo de aprendizaje que cada estudiante maneja.

 

Como Institución se debe tener en cuenta las siguientes:

 

a.    Los docentes de manera individual deberán manejar un historial de aprendizaje por cada estudiante, esto permitirá tener una información de primera mano en el avance o retroceso cognitivo

b.    Periódicamente (60 % de avance del periodo), se dará un diagnóstico al director de grupo de las debilidades encontradas y con ellas las actividades que se llevarán a cabo para superar las deficiencias.

c.    Crear o buscar espacios de aprendizaje que le permitan al estudiante recibir de otra manera la orientación y  ser evaluado desde los conocimientos básicos.

d.    Los espacios de refuerzo deben ser concertados con el estudiante, padres de familia, docentes y directivos.

e.    Buscar estrategias apropiadas para evaluar (oral, escrita, otras maneras de expresión)

f.     Involucrar a los padres de familia en el proceso de mejoramiento académico mediante un puente de comunicación que permita ser testigo del mejoramiento.

g.    Utilizar la tarea para la casa como un refuerzo.

h.    Al término de cada periodo los estudiantes deben estar a paz y salvo con las recuperaciones en cada área.

i.      Las clases se deben preparar teniendo en cuenta los comportamientos  más especiales s y hasta donde sea posible  tenerlos en cuenta para darles responsabilidades  que los ayude a identificarse como personas  con muchas capacidades.

j.      Acordar las fechas de evaluación con los estudiantes para evitar la acumulación de obligaciones que conlleven a la pérdida de estas.

k.    Las estrategias de apoyo serán valoradas como una nota más para el periodo con valoración de 1 a 5. Si el estudiante no se presenta o saca una nota inferior a 3.0, esta no se tendrá en cuenta.

l.      Las estrategias de apoyo serán valoradas después de cada pérdida y de cada refuerzo e inmediatamente antes de iniciar un nuevo logro, la valoración de cada logro recuperado será promediado con la nota anterior.

 

 

 

La Institución Educativa Primitivo Crespo debe asumir  estrategias de apoyo que le asegure a cada estudiante alternativas de mejoramiento en su aprendizaje.  Estas alternativas deben estar sujetas al ritmo de aprendizaje que cada estudiante maneja.

Las estrategias de apoyo serán programadas y valoradas después de cada desempeño valorado en insuficiente e inmediatamente antes de iniciar un nuevo desempeño, la valoración de cada desempeño recuperado será promediado con la nota anterior.

 

Periódicamente (cada 60% de avance del periodo), se dará un diagnóstico de los estudiantes al director de grupo de las debilidades encontradas y con ellas las actividades de refuerzo y recuperación que se llevarán a cabo para superar dichas deficiencias. Como parte de la preparación de la actividad de nivelación  la Institución le hará entrega, bien sea en físico o de manera virtual, de las  actividades  de  apoyo pedagógico  sobre la asignatura o área pendiente y  tendrá  plazo   para  la   superación   según  el   plan  de  trabajo   acordado  con  el  docente. Dicha entrega de la actividad de nivelación, debe reposar en coordinación académica, con su respectivo recibido por parte del estudiante y acudiente o padre de familia.

 

Se definieron por tanto, tres momentos para hacer seguimiento y dar un informe parcial a los padres de familia, establecidos de la siguiente manera:

 

a.  PRIMER INFORME PARCIAL: 27 de Febrero  al 3 de Marzo.

b.  SEGUNDO INFORME PARCIAL: 5  al 9 de Junio.

c.   TERCER INFORME PARCIAL: 25 al 29 de Septiembre.

 

Nota: Padres de familia  que no se presenten a recibir dicho informe, no se autorizará el ingreso de su hijo a la institución al día siguiente.

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 23  ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SIE

 

1.  Acciones de los docentes

 

Ø  Estudiar y apropiarse de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Ø  Participar en la formulación y elaboración del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Socializar al resto de la comunidad educativa los aspectos esenciales del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Definir en los Planes de área los criterios de evaluación acordes al SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Participar activamente en las comisiones.

Ø  Aplicar el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES en su trabajo de aula y presentar a los directivos evidencias de ello.

Ø  Acciones Preventivas de Mejoramiento de los Desempeños de los estudiantes.

 

 

2. Acciones de los coordinadores

 

Ø  Liderar con los docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Ø  Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Orientar la socialización del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES a la comunidad educativa.

Ø  Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.

Ø  Direccionar las comisiones conformadas en el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

 

3. Acciones del rector

 

Ø  Liderar con los coordinadores y docentes el estudio  de la legislación relacionada con la evaluación escolar.

Ø  Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Orientar la socialización del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES a estudiantes y padres de familia.

Ø  Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.

Ø  Direccionar las comisiones conformadas en el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Ø  Presentar un proyecto del SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES a los órganos del gobierno escolar (Consejo Académico y Directivo)

Ø  Definir  y adoptar el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES como componente del PEI.

 

 

 

Artículo 24.  PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA:

La Institución Educativa Primitivo Crespo entregará a las familias Tres informes valorativos; que presenta el  desempeño del estudiante por áreas académicas obtenidas durante el año escolar. Con el fin de mejorar el nivel académico y disciplinario de los estudiantes de la institución educativa Primitivo Crespo se darán informes parciales establecidos en las fechas determinadas para cada periodo:

PRIMER PERIODO Del 16 de enero a 7 de Abril. (12 semanas)

SEGUNDO PERIODO Del 17 de Abril a 4 de Agosto (14 semanas)

TERCER PERIODO Del 7 de Agosto a 17 de Noviembre (14 semanas)

 

Entregar al padre de familia y al estudiante el plan de apoyo que debe realizar en las áreas que lo requieran y en las fechas establecidas para cada periodo. El docente deberá presentar el informe correspondiente del resultado al padre o acudiente y estudiante del plan de apoyo. En caso de no mejorar académica y disciplinariamente al finalizar el periodo se pasará un informe a las comisiones de evaluación y promoción. Igualmente, se deben hacer los protocolos necesarios como evidencias para evitar contratiempos en  el futuro.

 

Artículo 25.  LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DE INFORMACION INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN

 

a)    Al iniciar el año escolar tanto el estudiante como el padre de familia deberán conocer los criterios de evaluación que se tienen encuentra para la obtención de las notas de cada periodo, como los porcentajes de cada desempeño:

 

DESEMPEÑO COGNITIVO 75%

DESEMPEÑO PERSONAL 10%

DESEMPEÑO SOCIAL 10%

AUTOEVALUACIÓN 5%

 

b)    Escribir en el boletín los criterios causantes del resultado de la valoración entregada. Ver informe de valoración (boletines)

 

 

Artículo 26.   INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y  ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

En caso de que el Padre de familia, acudiente o estudiante requiera realizar una reclamación en relación con la evaluación, deberá seguir el conducto regular señalado

 

a)    Las instancias establecidas y el conducto regular del Sistema Institucional de Evaluación de la Institución Educativa Primitivo Crespo, son las siguientes:

 

§  Docente de área y/o asignatura: Evaluador directo y principal responsable del proceso.

§  Director de Grupo: Primera instancia consultiva y mediadora de reclamación.

§  Coordinador Académico: Instancia de mediación y solución de las dificultades académicas a nivel individual y grupal durante el período.

§  Profesores del grado: Instancia de análisis del desempeño académico y de convivencia por período.

§  Comisión de Evaluación y Promoción: Instancia de revisión y decisión en cuanto a evaluación y promoción.

§  Consejo Académico: Instancia de acompañamiento de los desempeños en cada período y al final del proceso.

§  Consejo Directivo: Última instancia a nivel institucional en la solución de reclamos.

 

 

A cada instancia le corresponderá un formato específico, que debe diligenciar correctamente entregando copia al interesad@. La información diligenciada allí debe ser clara y puntual para no recurrir a las instancias anteriores en caso de que no se resuelva la inquietud.

 

Cada instancia debe resolver de manera individual el caso según su competencia.

 

b)    El procedimiento establecido en el  Sistema Institucional de Evaluación de la Institución Educativa Primitivo Crespo, es el  siguiente:

 

§  Docente de área y/o asignatura: Verbal y diligenciar formato # 1

§  Director de Grupo: verbal  y diligenciar formato # 2

§  Coordinador Académico: Verbal, y diligenciar formato  # 3

§  Profesores del grado: verbal y diligenciar formato # 4

§  Comisión de Evaluación y Promoción: escrito y diligenciar formato 5 o acta 

§  Consejo Académico: Escrito y acta

§  Consejo Directivo: Escrito y acta

 

c)    El mecanismo establecido en el  Sistema Institucional de Evaluación de la Institución Educativa Primitivo Crespo, es el  siguiente:

 

§  Docente de área y/o asignatura: Diálogo cordial y diligenciar formato # 1 como evidencia con copia al interesado (a) en donde se deben reflejar acuerdos.

 

§  Director de Grupo: Presentarle la copia del Formato # 1(de la instancia anterior), Diálogo cordial  y diligenciar formato # 2 como evidencia con copia al interesado (a) en donde se deben reflejar acuerdos.

§  Coordinador Académico: Presentarle la copia de los Formatos # 1 y 2 (de las instancias anteriores), diálogo cordial, y diligenciar formato  # 3 como evidencia con copia al interesado (a) en donde se deben reflejar acuerdos.

En caso de no resolverse la situación en ésta instancia el coordinador académico estará en la obligación de hacer reunión extraordinaria con:

§  Profesores del grado: para emitir juicios del estudiante y diligenciar formato # 4 o acta en su defecto. (no es necesario presentar los formatos 1, 2 y 3 como evidencia del proceso sólo la inquietud del peticionario.

§  Comisión de Evaluación y Promoción: para evaluar y emitir juicios del estudiante, anexando la copia de los formatos 1, 2, 3 y 4  que se diligenciaron en cada una de las instancias anteriores, ésta a su vez dejará evidencia por escrito en formato o acta.

 

Finalizada la reunión en un término no superior a tres días hábiles el coordinador académico enviará comunicación por escrito en donde se dará respuesta de la inquietud al interesado (a).

 

En caso de continuar con el proceso por insatisfacción del interesado(a), la siguiente instancia será:

 

§  Consejo Académico: Petición escrita por parte del interesa@ para Estudio de caso con los respectivos soportes y evidencias entregados por la Comisión de Evaluación y Promoción, éste a su vez dejará evidencia por escrito en formato o acta.

 

Finalizada la reunión en un término no superior a tres días hábiles el coordinador académico enviará comunicación por escrito en donde se dará respuesta de la inquietud al interesado (a).

 

§  Consejo Directivo: Petición escrita por parte del interesa@ para Estudio de caso con los respectivos soportes y evidencias entregados por la Comisión de Evaluación y Promoción, éste a su vez dejará evidencia por escrito en formato o acta, responde por escrito al interesad@ en términos de ley y cierra caso.

 

 

Parágrafo: los formatos que no estén completamente diligenciados no tienen validez y se debe reiniciar el proceso de acuerdo al conducto regular.

 

En caso de que el Padre de familia, acudiente o estudiante requiera realizar una reclamación en relación con la Promoción, deberá enviar una solicitud por escrito  a la Comisión de evaluación y promoción del respectivo Grado y continuar el procedimiento a partir de esa instancia.

 

 

CAPITULO  III

LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIMITIVO CRESPO  ESTABLECE LOS MECANISMOS  DE   PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE VALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

 

Artículo 27.  PROCESO DE REFLEXIÖN:

 

Al inicio del tercer periodo cada uno de los estamentos del gobierno escolar realizara un análisis al SIE resaltando las fortalezas y debilidades del proceso evaluativo llevado a cabo durante el año escolar, presentando sugerencias o propuestas para mejorar. (Consejo Estudiantil, personero, Consejo de Padres, Consejo de Docentes, Directivos Docentes, Rectoría) Se levantara acta.

 

 

Artículo 28.  PROCESO DE REDACCIÖN:

 

El consejo académico se encargara de recibir las sugerencias o propuestas dadas por los estamentos del gobierno escolar, para redactar y socializar omitiendo  las no pertinentes y remitiendo  a la rectoría. Se levanta acta.

 

Artículo 29.  PROCESO DE REVISIÓN:

 

Las directivas de la institución tendrán la función de  corregir o medir la funcionalidad  de las propuestas entregadas por el consejo académico y  convocar al consejo directivo para su aprobación. Se levanta acta.

 

Artículo 30.  PROCESO DE APROBACIÓN:

 

El consejo directivo aprobara finalmente las propuestas dadas por el gobierno escolar.

 

a.    PROCESO DE SOCIALIZACIÖN:

 

Las directivas y docentes divulgaran los cambios hechos al SIE a toda la comunidad educativa.

 

b.    PROCESO DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO:

 

El comité de calidad y el consejo directivo serán los encargados del control, vigilancia y cumplimiento del SIE y los cambios realizados durante el proceso.

 

Artículo 31.  CRITERIOS Y APORTES A LA EVALUACIÓN EN POBLACIÓN DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

 

La propuesta educativa de la Institución Primitivo Crespo se centra en la persona, reconociéndola como un ser único e irrepetible que se expresa en su forma de pensar, de sentir y de actuar, por lo tanto, se respetan y se atienden las diferentes necesidades, respondiendo al principio de la diversidad individual y/o social.

 

En los artículos del 1 al 4 del Decreto 2082 de 1996 del MEN, se define como NEE (necesidades educativas especiales), aquellas deficiencias físicas, intelectuales, emocionales, sociales o cognitivas, entre otras, que afectan el aprendizaje, hasta tal punto que es necesario hacer modificaciones, adaptaciones, adecuaciones, para que el estudiante pueda alcanzar el aprendizaje. En esta misma línea, el decreto 1470 de 12 de julio de 2013 ("Por medio del cual se reglamenta el Apoyo Académico Especial regulado en la Ley 1384 de 2010 Y Ley 1388 de 2010 para la población menor de 18 años"), en el artículo 4, numeral 7 determina que las prácticas pedagógicas y didácticas deben adaptarse a las condiciones particulares e individuales de la población menor de 18 años.

 

Por lo anterior la Institución Educativa Primitivo Crespo atiende dos tipos de necesidades educativas: transitorias y permanentes.

 

Transitorias: Son las que se presentan en un periodo de tiempo de la escolaridad y se deben a causas socio-culturales, métodos de enseñanza, familiares e individuales (intrínsecas), que demandan de una atención específica y de recursos educativos. Ejemplo: problemas de lenguaje, dislalias múltiples, déficit en la modulación sensorial, identificación en los procesos psicológicos superiores y el lenguaje desde los fonológico, entre otras.

 

Permanentes: Son aquellas que se presentan durante toda la vida, y se caracterizan por un déficit leve, mediano o grave de la cognición con algunas o todas las implicaciones sensoriales, motoras, perceptivas o expresivas, de las que resulta una incapacidad que se manifiesta en el ejercicio de las funciones vitales y de relación, por tanto, se requiere de la intervención de especialistas y/o centros educativos especiales y material adecuado para atender las NEE. Ejemplo: discapacidad visual, dislexia, déficit de atención con hiperactividad, trastorno oposicionista desafiante, síndrome de asperger, entre otras.

 

 

Artículo 32.  PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO Y CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE).

 

Con los estudiantes que tengan un diagnóstico y un acompañamiento definido por un profesional externo y presentar una necesidad educativa especial (NEE) de tipo transitorio o permanente, se tendrán en cuenta:

        Acompañamiento especial de los diferentes actores que intervienen en el proceso formativo.

      Acompañamiento permanente a la familia y con la familia teniendo en cuenta las estrategias sugeridas por el profesional externo y por la Institución Educativa Primitivo Crespo.

      Valoración de los conocimientos previos que se tengan del estudiante.

      Trabajo conjunto con el equipo de profesionales externos.

      Ajustar algunas estrategias de evaluación de acuerdo con las necesidades particulares del estudiante.

        Algunas adaptaciones de metodologías, materiales, recursos.

 

Artículo 33. AUTOEVALUACIÓN

 

Como parte del proceso formativo y como una posibilidad de crecimiento y mejora para los estudiantes, la Institución Educativa Primitivo Crespo promoverá cada periodo, una práctica de autoevaluación a nivel personal en la que los estudiantes den cuenta de cómo ha sido su desempeño académico, social y personal.   Se tendrá en cuenta en los planes de mejora de los estudiantes, docentes y de la institución.

 

Artículo 34. COMISIÓN DE PROMOCIÓN Y EVALUACIÓN

 

Es la encargada de realizar el acompañamiento de los procesos formativos y analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a éstos, a los padres de familia y docentes. La preside el (la) Rector(a) o su representante.

 

INTEGRANTES

Rector (a)

Coordinador(a) Académico

Asesor(a) de Grupo

Un representante de los Padres de Familia nombrado por la Institución Educativa.

Nota: Cuando se analice una falta especialmente grave, también asistirán el  Coordinador de Convivencia, el Representante estudiantil del grado y el Personero o el Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

 

FUNCIONES

Realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y sugerir al Consejo Académico la promoción anticipada de los estudiantes al siguiente grado, de acuerdo con los criterios de promoción establecidos.

 

Analizar las faltas especialmente graves y recomendar las estrategias formativas que se deben asignar.

 

Analizar y decidir al finalizar el año escolar, los casos de promoción de los(as) estudiantes que hayan superado los logros previstos para el respectivo grado.

 

Asignar los compromisos académicos y/o de normalización para el estudiantado en el año siguiente y determinar quiénes pierden el cupo por el incumplimiento reiterado de los mismos.

 

Aclaraciones:

La Comisión de Promoción se realizará cada fin de periodo y al final del año o cuando sea necesario.

 

Las actas de las comisiones, una vez aprobadas, serán archivadas por el Coordinador Académico  de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

 

Artículo 35. CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO

Instancias:

1. Profesor(a) de la Asignatura.

2. Coordinador(a) de Comité de Área.

3. Coordinador(a) Académico

4. Consejo Académico.

5. Consejo Directivo.

6. Rector.

 

El (la) Personero(a) de los(as) estudiantes es mediador ante las instancias del conducto regular, a quien el (la) estudiante puede acudir en el momento oportuno y de acuerdo con las funciones que le competen.

 

Si un miembro de la Comunidad Educativa no sigue el proceso descrito en el conducto regular, no deberá ser resuelta su situación en las instancias superiores y si esto sucede, las medidas tomadas pierden efecto y deberá retornar a las instancias anteriores que no hayan sido agotadas. En todos los casos, se dejará constancia escrita de haber acudido a cada una de ellas.

 

 

 

 

 

CAPITULO IV

LA COMUNIDAD EDUCATIVA: CONVIVENCIA SOCIAL INSTITUCIONAL

 

ESTÍMULOS

 

Artículo 37 Premios, Reconocimientos y  Estímulos a los Estudiantes. La institución educativa estimula, premia y reconoce el trabajo académico, cultural y deportivo de los estudiantes que demuestren con su actitud, buena convivencia social y  gran desempeño académico en pruebas externas demostrando la asimilación de la filosofía Institucional.

 

Cada año en la ceremonia de clausura, se realizará solemnemente la entrega de las distinciones a los estudiantes que sean reconocidos por su desempeño en las comisiones encargadas de seleccionar los mejores estudiantes. Cualquiera de los premios en sus diferentes categorías, a juicio del comité de premiación, puede ser declarado desierto o no otorgado al no evidenciar los perfiles requeridos.

 

Con anticipación se invitará a los Padres de familia o Acudientes de los estudiantes premiados para que acompañen a sus hijos en el acto de entrega de los estímulos y reconocimientos el día de la clausura.

 

Los instrumentos de control del debido proceso de convivencia social y académico como el anecdotario, observador de desempeños, instrumentos de coordinación y actas de seguimiento serán medios para determinar la postulación de estudiantes a una premiación.  Al finalizar el año escolar los directivos de la Institución Educativa entregarán una lista con los estudiantes candidatizados a la premiación, previo estudio de su desempeño como propuesta para el comité de premiación, se deben tener en cuenta más estudiantes propuestos por sus Directores de grupo y docentes a los diferentes premios que otorga la institución, se seleccionarán cuatro y se elegirá a uno como el merecedor de la distinción. Los otros tres (3) candidatos se leerán en la resolución de otorgamiento de los premios como NOMINADOS y destacados en la selección.

 

1. Los premios y reconocimientos que la institución educativa otorga anualmente y en ocasiones especiales durante el año lectivo a sus estudiantes son los siguientes:

    

a.    Distinciones en los homenajes a la bandera y otros actos culturales a los estudiantes más destacados de las diferentes sedes y grupos durante el año lectivo.

b.    En el día del Estudiante, distingue a los estudiantes sobresalientes en actividades académicas, deportivas, artísticas, y exalta sus Valores Humanos.

c.    Reconocimiento público en reuniones de padres de familia o de docentes de las actitudes positivas de los estudiantes al concluir un periodo escolar.

d.    Diplomas, medallas, menciones de honor y premios especiales, individuales, para quienes se destaquen en las actividades culturales y deportivas que la institución educativa realiza o que se destacan cuando la representan.

e.    Diplomas, medallas, menciones de reconocimiento y/o premios especiales para los participantes en los juegos Intercolegiados, expo ciencia, eventos de muestras internas y externas, y demás actividades colegiadas organizadas por la institución.

 

2. PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS OTORGADOS EN LA CLAUSURA: Los siguientes premios pueden ser otorgados a los estudiantes al concluir el grado 5º y el grado 11º y su denominación es de carácter institucional.

 

a.    Premio al mejor resultado en las pruebas Saber Once o Censales realizadas anualmente por el Estado. 

b.    Premio al mejor estudiante del grado 5º y 11º destacado por su desempeño académico integral por presentar en promedio las mejores valoraciones durante el año lectivo.

c.    Premio al mejor compañero en el grado 5º y 11 que durante el ciclo escolar se destacó por su convivencia social y su sentido de pertenencia demostrado en la colaboración a sus compañeros.

d.    Premio al mejor deportista de la promoción que termina, según los desempeños en el área de educación física a nivel institucional y su representación en el grupo.

e.    Premio al deportista que mejor ha representado la institución por fuera en eventos inter institucionales, municipales, departamentales y nacionales.

f.     Premio al estudiante que mejor utiliza su talento excepcional en la parte artística, cultural, científica, social y humanística, demostrando grandes alcances que trascienden el interés institucional.

g.    Premio a la superación y fuerza de voluntad demostrada por el estudiante de grado 5º y 11º que ha realizado grandes cambios de actitud en su desempeño social y personal, incorporados en el desarrollo de su personalidad con evidencias de cambio positivo desde su familia.

 

Artículo 38  Otras Disposiciones Académicas

 

1. ENTREGA DE INFORMES E INTERCAMBIOS

Periodicidad de entrega de informes: La Institución Educativa Primitivo Crespo entregará  a las familias  informes valorativos; que presenta el desempeño del estudiante por áreas académicas obtenido durante el año escolar.

 

2. Requisitos Para La Graduación

 

Haber realizado el Servicio Social Obligatorio.

Asistirán a la ceremonia de Proclamación de Bachilleres aquellos estudiantes que cumplan estos requisitos, estén a paz y salvo con la institución y que no hayan sido sancionados quitándoles la asistencia a esta ceremonia.

 

3. Servicio Social Obligatorio

 

De  acuerdo  con    la Resolución 4210 de 1996, el Servicio Social Obligatorio hace parte integral del currículo y, por ende, del proyecto educativo institucional. Durante los grados décimo y once, los(as) estudiantes presentan el Servicio Social Obligatorio contemplado por la Ley. Su intensidad mínima es de setenta (70) horas de trabajo y diez (10) horas teóricas, que pueden desarrollarse a través de un proyecto pedagógico.

 

La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales de contenido educativo.

 

La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller. Son causales de no aprobación del Servicio Social Obligatorio las siguientes razones:

 

      Completar tres faltas sin excusa justificada.

      Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado.

      Irrespetar a cualquier persona con la cual tenga relación en función de su Servicio Social.

      Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de otras sustancias psicoactivas.

      Incumplir el reglamento de la Institución donde se encuentra prestando el Servicio Social.

 

El servicio social no es recuperable. El (la) estudiante que sin causa justificada se retire o sea suspendido deberá reiniciarlo, previa asignación de la persona responsable.

 

El servicio social no se repite cuando el (la) estudiante no ha aprobado el grado.

 

La Institución Educativa Primitivo Crespo brindará los soportes teóricos y pedagógicos necesarios  que  requieran  los(as)  estudiantes  para  prestar  el  servicio  social  en las Condiciones y requerimientos de cada uno de los proyectos pedagógicos que él mismo defina de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional

 

 

CAPITULO V

 

PROCESO DE ADMISION Y MATRICULA DE ESTUDIANTES

 

Artículo 39.  Matrícula: La matrícula es el registro o inscripción de los estudiantes que realizarán sus estudios en un establecimiento educativo, lo que conlleva el trámite de las solicitudes de cupos escolares y la formalización del ingreso de estudiantes a la institución, lo que se considera como un proceso básico organizacional en las gestiones que realizan las instituciones educativas.

 

La matrícula es el acto que normaliza la vinculación del educando al servicio educativo, pudiéndose establecer renovaciones por cada periodo académico. Sobre este particular el Art. 3 del Decreto 1286/2005 establece que es deber de los padres de familia matricular a sus hijos y realizar todos el proceso establecido por el establecimiento educativo.

 

La Ley 115/1994, en su Art. 95, se define que la matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada período académico. El contrato deberá establecer, entre otros, los derechos  y obligaciones de las partes, las causales de terminación y las condiciones para su renovación. Serán parte integrante del contrato, el proyecto educativo institucional y el reglamento interno o manual de convivencia del establecimiento educativo. En ningún caso este contrato podrá incluir condiciones que violen los derechos fundamentales de los educandos, de los padres de familia, de los establecimientos educativos o de las  personas naturales o jurídicas propietarias de los mismos.

 

Parágrafo:  Proceso de admisión:  Se entiende la admisión como el acto por medio del cual se recibe al estudiante y a su acudiente, con el fin de adelantar el proceso de ingreso a la Institución y que podría culminar, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en este manual de convivencia, en la suscripción de la matrícula.

 

Para realizar este proceso la institución educativa Primitivo Crespo ha conformado un comité de admisión, cuyos miembros son los coordinadores, dos auxiliares administrativas y un docente, encargados de aplicar los protocolos y realizar todo lo pertinente con la selección de los estudiantes que se admitirán para el año lectivo correspondiente.

 

Artículo 40: Requisitos para la admisión: Como parte del proceso de admisión, el aspirante y sus acudientes deben cumplir con el protocolo definido por la institución, lo que conlleva:

Diligenciar un formulario de solicitud en las fechas establecidas.

Asistir a las fechas estipuladas de matrícula, los Padres de Familia y el aspirante a la Institución.

Presentar el informe académico correspondiente al último año escolar cursado y la documentación solicitada.

 

 

 

 

 

Artículo 41: Criterios para otorgar el cupo escolar y recibir a un estudiante

 

Para recibir a un estudiante en la Institución Educativa Primitivo Crespo, se han establecido unos criterios con orden de prioridades para la asignación de los cupos escolares, como son:

Los hermanos de estudiantes que cursan algún grado en la institución.

Los estudiantes que solicitan reintegrarse a la comunidad educativa porque hicieron parte de ella.

Los familiares de los estudiantes que hacen parte del Colegio.

 

Estar dispuesto a hacer parte de esta comunidad y acoger los preceptos de la educación en actitudes valores encaminadas en la búsqueda del conocimiento.

Haber cumplido con el proceso de admisión establecido para esta finalidad.

 

Artículo 42: Requisitos para la formalización de la matrícula

 

-       Son requisitos para la formalización de la matrícula:

-       Haber aprobado el proceso de admisión y ser admitido.

-       Registro civil de nacimiento.

-       Fotocopia del carnet de vacunación.

-       Cuatro (4) fotos actualizadas tamaño cédula.

-       Fotocopia de la tarjeta de identidad.

-       Presentar Paz y Salvo por todo concepto emitido por la Institución Educativa Primitivo Crespo (para estudiantes nuevos Paz y Salvo del Colegio del que proviene).

-       Certificaciones de notas del año inmediatamente anterior (para estudiantes nuevos).

-       Firma de la matrícula y la aceptación del manual de convivencia.

 

Artículo 43. Cancelación voluntaria de la matrícula

Cuando los padres de familia retiren de propia voluntad al estudiante, deberá cumplir con el siguiente protocolo:

-       Informar a la institución, por escrito, la causal o motivación del retiro.

-       Estar a Paz y Salvo con la Institución Educativa Primitivo Crespo por todo concepto.

-       Firmar el acta de cancelación de matrícula.

-       Desvincular al estudiante de la plataforma de matrícula; este paso, le corresponde a la institución Primitivo Crespo, y solo se realizará cuando se hayan cumplido los pasos anteriores.

 

 

TITULO III

 

EL GOBIERNO ESCOLAR.

 

CAPÍTULO I

 

ESTAMENTOS DE PARTICIPACION DEMOCRÁTICA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 44. Comunidad educativa de la Institución Primitivo Crespo

 

La comunidad educativa está constituida por todas las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional - PEI que se ejecuta en la institución educativa, tal como lo establece el Art. 18 del Decreto 1860/1994 y en consonancia con el Art. 6 de la Ley 115/1994, y el Art. 68 de la Constitución Política de Colombia. Por tanto la comunidad educativa la componen los siguientes estamentos:

 

-       Los estudiantes que se han matriculado.

 

-       Los padres y madres, acudientes o en su defecto, los responsables de la educación de los alumnos matriculados.

 

-       Los docentes vinculados que laboren en la institución.

 

-       Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo.

 

Los egresados organizados para participar.

 

Acorde con el Art. 6 de la Ley 115/1994, todos los miembros de la comunidad educativa, según su competencia, tienen el derecho de participar en el diseño, ejecución y  evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.

 

 

 

 

Artículo 45: Órganos del gobierno escolar de la Institución Primitivo Crespo.

 

Cada establecimiento educativo tendrá un gobierno escolar en los términos establecidos en el Art. 68 de la Constitución Política de Colombia, el Art. 142 de la Ley 115/1994 y el Art. 20 del Decreto 1860/1994.

 

Los representantes de los órganos colegiados definidos en el gobierno escolar de la Institución Primitivo Crespo serán elegidos para períodos anuales, y podrán ser reelegidos hasta por un periodo opcional en los casos que así lo permitan o la normatividad vigente no les sea contraria, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período siguiendo el protocolo establecido para tal fin.

 

Son órganos de participación democrática de la comunidad educativa de la Institución Educativa Primitivo Crespo, los siguientes:

El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

 

El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

El Consejo Estudiantil, como órgano encargado de escoger al representante de la comunidad estudiantil ante el consejo directivo de la institución.

El Personero Estudiantil, encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

 

Artículo 46 :  Consejo Directivo de la Institución Educativa Primitivo Crespo

 

El Consejo Directivo del Primitivo Crespo estará integrado por:

 

El Rector, quien convocará y presidirá las reuniones de este Consejo Directivo.

 

Dos representantes del personal Docente o un suplente, elegidos por mayoría de votos en Consejo Académico.

 

Dos representantes de los padres de Familia, elegido en asamblea general de padres de familia, elegidos por mayoría de votos entre los representantes a consejo de padres donde están representados tanto la sección de preescolar, primaria como secundaria.

 

El Representante de los estudiantes que debe estar cursando uno de los dos últimos cursos que ofrecen la Institución o su suplente.

 

Un representante de los ex alumnos

 

Un representante del sector productivo.

 

Acorde con el Art. 23 del Decreto 1860/1994, el Art. 142 inciso 3 y el Art. 144 de la Ley 115/1994, son funciones del Consejo Directivo:

 

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa.

 

·         Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docente y administrativos con los estudiantes después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.

·         Adoptar el manual de convivencia.

·         Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

·         Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del Primitivo Crespo.

·         Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local.

·         Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante y sanciones por la violación del Manual de Convivencia. Estos han de incorporarse  al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

·         Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

·         Promover las relaciones de tipo académico, deportivo, cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

·         Reglamentar los procesos electorales.

·         Darse su propio reglamento.

·         Aprobar los costos educativos anuales

·         Deliberar sobre la admisión y permanencia de miembros de la comunidad educativa en casos especiales.

·         Garantizar el cumplimiento de las acciones necesarias para la implementación de los aspectos relacionados con la institución, que son de obligatorio cumplimiento, en marco de la Ley 1620/2013 y el Art. 22 del Decreto 1965/2013.

 

Artículo 47: Consejo Académico de la Institución Educativa Primitivo Crespo

el Consejo Académico de la Institución Educativa Primitivo Crespo estará conformado por:

 

La Rectora, quien lo convocará y presidirá.

 

Todos los directivos Docentes (cuando existan en la institución o hagan funciones propias de ellos).

 

Los docentes que representan las diferentes áreas.

 

El consejo académico cumplirá con las siguientes funciones y sus decisiones se aprobarán por mayoría simple, teniendo que deberá:

 

·         Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión del Proyecto Educativo Institucional.

 

·         Estudiar el currículo y propiciar ajustes para su continuo mejoramiento.

·         Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

·         Participar en los procesos de la evaluación de la gestión institucional

·         Orientar la revisión continua del rendimiento de los estudiantes y el proceso de evaluación institucional.

·         Proponer las modificaciones necesarias y pertinentes al sistema institucional de evaluación de los aprendizajes y promoción de los estudiantes.

·         Recibir, analizar y decidir sobre los reclamos de estudiantes en relación con la evaluación académica.

·         Analizar y conceptuar sobre el proceso de promoción de los estudiantes de la institución.

·         Servir de instancia de apelación en los procesos que por correctivos académicos se le asigne en el presente manual.

·         Otras funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el proyecto educativo institucional.

 

 

Artículo 48: Consejo de Estudiantes de la Institución Primitivo Crespo

Decreto 1860. Art. 29

.

·         Son funciones del consejo estudiantil

·         Darse su propia organización interna.

·         Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

·         Ser motivador de los estudiantes hacia la búsqueda del mejoramiento de su calidad académica, sus niveles de desempeño y su comportamiento.

·         Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presentan iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

·         Preocuparse por el conocimiento, vivencia, difusión y práctica del proyecto educativo institucional.

·         Acompañar al personero en la ejecución de su plan trabajo presentado en la campaña para su elección.

 

Artículo 49: Personero Estudiantil de la Institución Primitivo Crespo

 

·         La normatividad establecida en el Art. 28 del Decreto 1860/1994

·         Son funciones del personero:

 

·         Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, consignados en el Manual de Convivencia, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

·         Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

·         Presentar ante las instancias correspondientes, solicitudes, quejas, propuestas o reclamos que le presenten los estudiantes, buscando así proteger sus deberes y derechos.

·         Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

·         Ser vocero de los estudiantes frente a las instancias superiores de la institución, en casos donde estos presentes inquietudes generalizadas o cuando haya diferentes procesos cuyas implicaciones afecten a los estudiantes.

·         Presentar conjuntamente con el Consejo Estudiantil, propuestas que propendan al mejoramiento institucional.

·         Hacer parte del comité de convivencia escolar acorde con lo contemplado en el  Art. 12 de la Ley 1620/2013.

 

 

Artículo 50: CRITERIOS PARA ACCEDER A LA PERSONERIA

 

·         Conocer el Manual de Convivencia

·         Tener excelente desempeño académico

·         Evidenciar excelente conducta y disciplina

·         Mantener liderazgo y facilidad de expresión.

·         No ser repitente.

CAPITULO II

 

COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

 

Artículo 51: Objetivo del comité escolar de convivencia

en el Art. 22 del Decreto 1965/2013.

 

Artículo 52: Conformación  e instalación del Comité Escolar de Convivencia

el Comité Escolar de Convivencia estará conformado por:

 

·         La Rectora, como su presidenta y quien lo presidirá

·         El personero estudiantil

·         El docente con función de orientación

·         El coordinador cuando exista este cargo

·         El presidente del consejo de padres de familia

·         El presidente del consejo de estudiantes

·         Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

 

Nota: El gobierno escolar del Primitivo Crespo se ha definido con base en el Art. 19 y 20 del Decreto 1860/1994 y el Art. 142 de la Ley 115/1994; por ello, el padre de familia que hará parte del comité escolar de convivencia, que determina el Art. 22 del Decreto 1965/2013, será escogido en reunión general de padres de familia.

 

CAPITULO III

RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

 

Artículo 53: De las responsabilidades de la Institución frente a la Ley 1620/2013.

 

·         Ley 1620/2013, Art. 17. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

·         Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en  el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

·         Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la presente ley.

·         Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

·         Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

·         Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

·         Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y  la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

·         Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar  a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar  más frecuentes, los instrumentos deben ser creados y socializados por el comité de convivencia, y aplicados por el docente orientador con el apoyo del director de grupo del estudiante implicado.

·         Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

·         Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

 

 

Artículo 54:  De las responsabilidades frente al Decreto 11290/2009.

 

Decreto 1290/2009. Art. 11. El establecimiento educativo, debe:

 

·         Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico.

·         Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos   por el consejo directivo.

·         Promover y  mantener  la  interlocución con  los padres de  familia  y  el estudiante, con el  fin  depresentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de  apoyo para la            superación   de  las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.

·         Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

·         Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

·         A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción.

·         Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

·         Presentar  a  las  pruebas  censales  del  ICFES  la  totalidad  de  los  estudiantes   que    se encuentren  matriculados   en  los   grados   evaluados,  y  colaborar con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera.

·         De las responsabilidades, derechos y deberes de la Rectora de la Institución Educativa

 

Artículo 55: De las responsabilidades de la Rectora de la Institución

 

Ley 1620/2013, Art. 18, además de las que establece normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

 

·         Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la ley en mención.

 

·         Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

·         Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa,  en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

·         Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

 

 

1. De los derechos y deberes de la Rectora de la Institución

 

Son derechos y deberes de la rectora de la institución los establecidos por la normatividad vigente y los definidos en el Manual de Funciones del Sistema de Gestión de Calidad de la Institución Primitivo Crespo.

 

 

Artículo 56: De las responsabilidades, derechos y deberes de los Docentes de la Institución

 

Ley 1620/2013, Art. 19,  tendrán las siguientes responsabilidades:

 

·         Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

·         Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

 

·         Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

·         Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

 

·         Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

 

1. De los derechos de los docentes de la Institución

 

Son derechos de los docentes de la institución Primitivo Crespo:

 

·         Las contempladas en la normatividad legal vigente.

·         Al respeto por su dignidad, identidad, diferencias étnicas, religiosas sin que el proselitismo perjudique el bien común.

·         A un ambiente de trabajo propicio para el desarrollo de su labor profesional.

·         A los bienes y recursos necesarios para desempeñar su labor.

·         A participar directamente o a través de sus representantes en los diversos organismos de la Institución Educativa Primitivo Crespo en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo, a elegir y ser elegido para dichos organismos.

·         A recibir atención respetuosa, amable y sincera de diálogo por parte de los estamentos de la comunidad educativa.

·         A la libre y respetuosa expresión de conceptos y opiniones.

·         A la posibilidad de acudir y ser escuchado por instancias superiores de autoridad, siguiendo los conductos regulares de comunicación establecida.

·         A un proceso de seguimiento y evaluación profesional orientado al mejoramiento continúo.

·         A participar en planes y programas de capacitación profesional.

·         A recibir oportunamente los pagos o reconocimientos contractuales legales.

·         A recibir información oportuna.

·         A que se acepten incapacidades de entidades reconocidas a nivel nacional.

 

 

De los deberes de los docentes de la Institución

 

Un docente del Primitivo Crespo debe desarrollar y guiar el aprendizaje de los estudiantes asumiendo todas las responsabilidades que el ejercicio de la pedagogía moderna demanda y el compromiso de afianzar en ellos, los valores y actitudes necesarios  para poder convivir y desarrollar sus potencialidades plenamente. Debe:

 

·         Incentivar el amor y respeto por la Institución y todos sus estamentos velando  siempre por el buen nombre de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

·         Cuidar los recursos físicos, didácticos e institucionales.

·         Las obligaciones adquiridas con otras instituciones no deben interferir los compromisos contraídos con de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

·         Corresponder con actitud positiva las oportunidades de formación y capacitación profesional que la Institución Educativa Primitivo Crespo programe.

·         Elaborar talleres a los alumnos en caso de no poder asistir a clase, siguiendo las indicaciones de la dirección.

·         Ser responsable con sus actividades académicas y entregar la papelería en el momento oportuno según cronograma de actividades.

·         Cumplir con el horario estipulado.

·         Capacitarse en pedagogía conceptual.

·          Mantenerse informado acerca de los adelantos científicos y técnicos de su área.

 

Con el objetivo de mantener la convivencia armónica entre estudiantes y padres de  familia, así como de otros miembros de la comunidad educativa interesados en el proceso educativo que se desarrolla en la Institución Educativa Primitivo Crespo, los docentes deberán ser:

 

·         Guía del proceso formativo, respetando el ritmo personal y la individualidad del estudiante, y cumplir a cabalidad con sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases y actividades, implementación de la evaluación cualitativa y responsabilidad en la devolución oportuna de trabajos y evaluaciones debidamente revisadas.

·         Formadores de personas y educar en los valores corporativos institucionales y en normas de convivencia a todos los estudiantes del establecimiento, no solo a aquellos a los que están bajo su orientación académica.

·         Cuidadosos de su quehacer docente, dar a conocer los resultados de las evaluaciones del proceso de aprendizaje y normas de comportamiento de manera oportuna, con posibilidad de que los estudiantes los puedan revisar, recibir las aclaraciones necesarias y puedan ser escuchados antes de informar a la Coordinación Académica o Padres de Familia el resultado de todo proceso evaluado.

·         Conocer las rutas de atención ante cada situación tipo I, II y III

 

 

Con el objetivo de mantener la convivencia armónica entre compañeros docentes, directivos y personal administrativo, los docentes deben dar cumplimiento al siguiente acuerdo de ética profesional, socializado y aprobado institucionalmente:

 

·         Preservar el respeto a su dignidad personal y profesional.

·         Respetar la diferencia entre sus compañeros, por cuestiones de raza, género, orientación sexual, creencia religiosa.

·         Respetar las opiniones de sus compañeros aunque no las comparta, con derecho a la réplica.

·         Participar de las actividades institucionales, especialmente si son realizadas en horarios laborales, de lo contrario debe presentar el respectivo soporte de la inasistencia.

·         Evitar comentarios que atenten contra la dignidad y buen nombre de sus compañeros.

·         Brindar atención respetuosa, amable y sincera de diálogo a los miembros de la comunidad educativa.

·         Atender de manera respetuosa la expresión de conceptos y opiniones.

·         No usar palabras ofensivas hacia sus compañeros.

·         Manifestar las inconformidades con sus compañeros de manera respetuosa en los espacios y momentos adecuados.

·         Ofrecer sus conocimientos y experiencias para el mejoramiento institucional.

·         Combatir y denunciar las injusticias.

·         No sostener relaciones amorosas con estudiantes de la I.E

·         Ser ejemplo integro a nivel personal y familiar para la comunidad educativa.

·         Evitar llamar a los compañeros para temas laborales en su espacio de descanso, especialmente en días festivos y fines de semana y horarios nocturnos.

 

 

Artículo 57: Los derechos y deberes del Personal Administrativo

 

Son derechos y deberes de del personal administrativo de la institución los establecidos por la normatividad legal vigente y los definidos en el Manual de Funciones del Sistema de Gestión de Calidad de la Institución Primitivo Crespo.

 

Artículo 58: De Las Responsabilidades, Derechos Y Deberes De Los Padres Y Madres De Familia

 

 

De las responsabilidades frente a la Ley 1620/2013.

 

·         Ley 1620/2013, Art. 22. Además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

·         Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

·         Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

·         Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

·         Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

·         Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

·         Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

 

·         Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

·         Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.

 

Artículo 59: De las responsabilidades de los padres de familia frente al Decreto 1286/2005.

 

Decreto 1286/2005. Art. 3 Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres y madres de familia:

 

·         Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.

·         Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.

·         Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.

·         Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

·         Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

·         Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.

·         Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

·         Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

 

1. De las responsabilidades frente al Decreto 1290/2009.

 

Decreto 1290/2009. Art. 15. De conformidad con las normas vigentes, es responsabilidad de los padres de familia:

·         Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la  definición  de  criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.

·         Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.

·         Analizar los informes periódicos de evaluación.

 

2.  De los derechos de los Padres y Madres de Familia

 

Decreto 1290/2009. En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

 

·         Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

·         Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

·         Recibir los informes periódicos de evaluación.

·         Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de   evaluación de sus hijos.

 

Así mismo, los Padres y madres de familia de la Institución Educativa de la Institución Educativa Primitivo Crespo tienen derecho a:

 

·         Elegir y a ser elegido para formar parte del Consejo Directivo.

·         Expresar sus opiniones ante decisiones importantes del plantel, que influyan en la educación integral de los niños.

·         Ser escuchado y ayudado por la dirección del plantel en caso de reclamos o necesidades.

·         Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan a mejorar el funcionamiento del plantel.

·         Exigir idoneidad profesional en el profesorado.

·         Solicitar al departamento de Bienestar asesoría para sus hijos, cuando lo considere necesario.

·         Hacer reclamos justos, respetuosos y decorosos dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales.

·         Tener permanentemente comunicación con la profesora de su hijo, de manera que pueda estar al tanto de los logros o dificultades en el Aprendizaje de sus hijos; podrán ser atendidos por las profesoras en el horario acordado con sus docentes.

·         Colaborar y participar en el plan y desarrollo de las actividades programadas por de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

·         Obtener información oportuna acerca del manual de convivencia y reglamento escolar de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

 

Artículo 60.  De los deberes de los Padres y Madres de Familia

 

Los Padres de familia de la Institución Educativa Primitivo Crespo  deben  cumplir con los siguientes deberes:

 

·         Cumplir con el horario escolar de sus hijos, teniendo en cuenta la puntualidad, el uniforme y la presentación personal de ellos.

·         Incentivar el amor y respeto por la Institución y todos sus estamentos velando  siempre por el buen nombre de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

·         Responder por el comportamiento de sus hijos dentro y fuera del colegio.

·         Comprometerse con la Institución Educativa Primitivo Crespo, para lograr el  desarrollo emocional de sus hijos y cumplir con las sugerencias de una atención psicológica, en los casos que se amerite.

·         Comprometerse cuando se le solicite, activa y participativamente en el proceso terapéutico que el niño requiera, de modo que la Institución sirva de soporte y de puente entre el equipo interdisciplinario, el niño y la familia. El tratamiento del niño es responsabilidad de los padres.

·         Considerar a los docentes como guías y orientadores del proceso de formación, guardándoles respeto y la confianza que se merecen.

·         Proporcionarle en casa la atención y el cuidado necesario cuando el niño se encuentre enfermo y no enviarlo a la Institución Educativa Primitivo Crespo por su bienestar y precaución.

·         No enviar a los niños con joyas, juguetes, celulares, tabletas, spinner u otros objetos a menos que sean requeridos por el docente.

·         Respetar al personal docente y demás empleados de la Institución Educativa  Primitivo Crespo, al igual que las decisiones de los Directivos y las normativas ya establecidas como currículo, horario, uniformes, pedagogía etc.

·         Avisar y autorizar a la secretaría cuando personas diferentes a los padres recojan a los niños en el colegio.

·         Responder de inmediato por los daños que ocasionen sus hijos en el colegio.

·         El día del cumpleaños del niño, los padres podrán traer un ponqué y gaseosa para compartir con los compañeros de su curso.

·         Asistir a la institución con una adecuada presentación personal: no mini faldas, shorts, escotes, ombligueras, pantalonetas, pijamas, y demás vestuario onceno que de mal ejemplo a los NNA. Sea reuniones, matriculas, llevar o recoger sus hijos en la Institución.

 

En los casos de la no asistencia del estudiante a la Institución, y tener el derecho a recuperar las notas que se generen durante su ausencia, deben:

 

·         Notificarlo al colegio por medio escrito con anticipación para evitar que se le generen malas notas por no presentar sus obligaciones escolares durante su asistencia.

·         Al momento de regresar a clases debe estar al día en las labores realizadas durante su ausencia para ser revisadas por todos y cada uno de los docentes.

·         Los padres o acudientes son los responsables de ponerlos al día durante su ausencia. No es responsabilidad de los docentes dicha labor, ni adelantarlos, ni entregar anticipadamente trabajos, ni tareas que se realizaran durante la ausencia.

 

 

Artículo 61. Derechos y responsabilidades de los Estudiantes de la Institución

 

1. Derechos de los estudiantes

 

Decreto 1290/2009. Art. 12. El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo tiene derecho a:

 

·         Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

·         Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

·         Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a    las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

·         Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes  para  superar  sus  debilidades  en   el aprendizaje.

 

También son derechos de los estudiantes

 

·         Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión de opinión (Art. 44 Constitución Nacional).

 

·         Organizar y participar en actividades curriculares y extraescolares con el acompañamiento de las directivas y el permiso de padres y/o acudientes.

·         Participar, elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución Educativa (art. 142 ley general de la educación).

·         Ser representado y asistido por sus padres y/o acudiente en cualquier situación

·         Representar a la Institución en los diferentes encuentros de acuerdo con el perfil requerido.

·         Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos por la Institución para el desarrollo integral.

·         Ser respetado en su dignidad personal, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, posición social o económica (Art. 44 código de Infancia y adolescencia).

·         Recibir oportuna y adecuadamente la información solicitada, la aclaración o la corrección sobre la situación académica y disciplinaria.

·         Al debido proceso y agotar las instancias establecidas en el conducto regular.

·         A que los directivos y educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales (Art. 45 código de infancia y adolescencia).

·         Presentar evaluaciones, trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en la fecha indicada, con excusa justificada ante la Rectora (o ante quien ésta haya delegado está función).

·         Ser evaluado en forma integral, oportuna y permanente con justicia, claridad, respeto y objetividad de acuerdo con la legislación emanada por el MEN.

·         Expresar, discutir y examinar con libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate y petición (art. 20 Constitución Nacional).

·         A solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre aspectos relacionados con su formación integral.

·         Recibir estímulos académicos y formativos cuando se haga merecedor a ellos, como izada de bandera, exoneración de un examen, una beca y citar al padre de familia para reconocer el desempeño de su hijo.

·         Conocer el Manual de Convivencia, y los registros que se hagan en  el Observador del alumno.

 

2.  Deberes de  los estudiantes

 

·         Cumplir con los lineamientos establecidos en el manual de convivencia y trabajar permanentemente en su interiorización.

·         Respetar y hacer respetar el buen nombre de la institución dentro y fuera de él (porten o no el uniforme).

·         Se propende por la aceptación del uniforme, por tanto se orienta hacia el no porte de maquillaje excesivo, cabello largo,  accesorios llamativos, zapatos de otro color, ni artículos de valor como celulares, joyas, entre otros.

 

·         Cuidar y respetar el entorno ecológico, la planta física y todos los implementos de la Institución, colaborando además, con el orden, el aseo y la decoración del Colegio.

·         Prepararse y responder por su formación integral en los tiempos establecidos por la Institución.

·         Cumplir el conducto regular y respetar las condiciones con el debido proceso.

·         Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a cada uno de los miembros de la comunidad educativa, no agredir física, verbal, ni virtualmente a los demás.

·         Respetar las organizaciones democráticas del gobierno escolar, cumpliendo los compromisos y acuerdos de éstos.

·         Informar a su representante (padres y/ o acudiente) sobre los llamados y requerimientos que haga la institución.

·         Gestionar y participar en las actividades, encaminadas a mejorar la calidad en los procesos académicos.

·         No portar armas cortopunzante, ni traer láminas o revistas pornográficas, radios, explosivos, juguetes o bromas que representen riesgos a la comunidad educativa.

·         Cumplir con el horario y ser puntual en la llegada a clases y a todos los actos programados o en los que la institución participe, y sea obligatoria su participación.

·         Asistir a clases, así como a los actos curriculares y a todos los eventos en que la institución participe, con su uniforme completo, definido por la institución para la ocasión.

·         Justificar personalmente por escrito y con la presencia de sus padres o acudiente, toda ausencia o inasistencia a clase o a cualquier acto programado por la institución, máximo tres (3) días después de reincorporarse a clases. La falta de cumplimiento de esta norma dentro de los plazos establecidos, ameritará la repetición de un grado  para el educando que haya dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas durante el año escolar.

·         Cuando un estudiante se ausenta del colegio sea cual fuere a razón, deberá estar al día en cuaderno, trabajos, tareas, talleres etc. y estar preparado para realizar las evaluaciones en el momento que se reintegra al colegio para que pueda recuperar notas, de lo contrario no tendrá la oportunidad de recuperarlas. Las faltas se suman de igual manera justificadas o no y sobrepasar el 20% de ausencias en el año se considera causa de reprobación.

·         Asistir a los desfiles y actos extracurriculares de la institución, contando salir con el respaldo del seguro estudiantil, los cuales son de carácter obligatorio, exceptuando su participación por justificación médica o razones de índole mayor debidamente comprobada.

·         Llevar con respeto y pulcritud el uniforme esforzándose por su excelente presentación personal en todos los eventos escolares, sin maquillajes, sin alhajas, con las uñas cortas, limpias y sin esmalte o esmalte de tonos suaves, no rojos, negros, morados, café, vino tinto u otros oscuros.

·         Respetar y cumplir el reglamento de uso del uniforme, así:

·         Los uniformes deben sujetarse al modelo y material indicado por el colegio Primitivo Crespo

·         El uniforme del Primitivo Crespo se debe usar desde el primer día de clases hasta el último día de clases incluyendo zapatos y tenis reglamentarios.

·         El uniforme del Primitivo Crespo se usará fuera de la Institución únicamente en actividades programadas por el colegio.

·         El uniforme del Primitivo Crespo se usará de acuerdo al horario, sea educación Física o diario y sin  ninguna  justificación no se permitirá la entrada al colegio si se incumple el horario de uso.

·         El uniforme del Primitivo Crespo no se podrá usar en dramatizaciones, bailes o actividades recreativas como parte de la vestimenta para dichas actividades.

·         El uniforme del Primitivo Crespo se usará de acuerdo a la siguiente descripción:

 

3.  UNIFORMES

 

El uniforme de la Institución Educativa imprime carácter, orden  respeto y  pertenencia, por tanto los estudiantes asistirán así: UNIFORME DE DIARIO. MUJERES: Blusa blanca camisera con logo o escudo, Falda unificada establecida por la institución a la altura de la articulación  de la rodilla, Zapatos color negro, Medias color blanco a la altura de la pierna. No maquillaje exagerado, es decir no usar labiales ni sombras de tonos fuertes, solo se aceptara brillo en los labios, los accesorios deben ser sutiles, pequeños y de acuerdo al tono del uniforme, no se aceptan adornos, collares, manillas, aretes, grandes y en tonos diferentes al uniforme, no se aceptan Pearcings. HOMBRES: camibuso color blanco con logo y escudo, Pantalón en jean color azul turquí, sin desgastados, correa de color negro, Medias blancas, Zapatos color negro se aceptan que sean tenis o de material, sin  accesorios    como   collares,  aretes,  manillas   pearcings.  UNIFORME   DE    EDUCACIÓN    FISICA   PARA   TODOS (AS): Pantalón   sudadera   azul   turquí con   bota  de   20  centímetros,   camiseta   de     color    blanco     cuello  en  V,  ribete    azul    con   logo   o   escudo,   tenis   de   color     negro.

 

Se permitirá el uso de sacos, durante las tres primeras horas de clase o de acuerdo con el clima. Solo en casos con sustento medico se permitirá durante más tiempo, este debe ser de color azul turquí, en caso de usar otro tono se hace el llamado de atención y si reincide se citara al acudiente.

  

NOTA: De   acuerdo   a las  orientaciones de  la  guía   49  del MEN (2013) se  respetará  en  el   estudiante   de   manera  libre   el   uniforme   institucional  a  utilizar, de acuerdo a su orientación sexual, siempre   y  cuando   cumpla   con  lo   establecido. 

 

 

4. Otras reglas de comportamiento en espacios escolares

 

-       La institución establece la reglamentación para el uso de equipos electrónicos como celulares, computadores portátiles, audífonos, dispositivos musicales, tablets, etc. La reglamentación rige para todos los estudiantes de la Institución Educativa Primitivo Crespo.

-       En caso de alguna emergencia familiar se deberá utilizar las líneas telefónicas de la institución o en última instancia informar al coordinador o docente de cualquier situación que requiera el contacto con el estudiante.

-       Otros aparatos electrónicos podrán ser utilizados para uso académico únicamente  con la autorización y bajo la supervisión de un docente responsable.

-       Los alumnos tienen el deber de velar por el cuidado de los equipos electrónicos y teléfonos celulares de su propiedad. El colegio y personal docente no se hacen responsables por daños y/o pérdidas de los mismos.

-       Los estudiantes que no cumplan con la reglamentación anterior, se someterán a que sus equipos electrónicos o teléfonos celulares les sean retenidos hasta el siguiente viernes y que sus padres lo recojan en el Colegio.

-       Se registrará en el observador de clase las conductas irregulares, para el respectivo seguimiento, evitando conductas reiteradas con otros profesores y/u otras clases.

 

-       Si un estudiante reincide en el desacato a estas reglas, se procederá conforme a lo establecidos en el presente manual.

-       Hacer buen uso de los sanitarios

-       Cuidado del ambiente y los recursos naturales que se encuentran en el establecimiento.

-       Respetando la orientación sexual de los estudiantes, es importante para la institución que no se generen manifestaciones afectivas en los espacios comunes, como un ejercicio de respeto y de sana convivencia.

-        

5.   Pluralidad y Respeto por la Diferencia:

 

La Institución Educativa es respetuosa del libre desarrollo de la personalidad, contando con normas específicas para proteger los actos discriminatorios a personas con discapacidad, afrocolombianas, indígenas e mujeres, minorías étnicas y religiosas o personas que reconocen una orientación sexual no hegemónica, dichas normas responde a:

 

-       La Institución Educativa debe contar con espacios adecuados para el acceso de población con discapacidad de movilidad.

-       La Institución Educativa debe contar con Currículo flexible de acuerdo a las NEE para todas las áreas.

-       La Institución Educativa debe contar con un Sistema Institucional de Evaluación flexible de acuerdo a las NEE para todas las áreas (Previo evidencia de diagnóstico médico), que le permita al estudiante ser promovido teniendo en cuenta su situación de diversidad. 

-       Las minorías étnicas y religiosas, así como la población con discapacidad o con una orientación sexual no hegemónica, cuentan con los mismos deberes y derechos de toda la población estudiantil, por lo cual podrán elegir y ser elegidos, hacer parte de los diferentes órganos del gobierno escolar.

-       La Institución Educativa debe motivar y permitir a toda la población estudiantil a la participación de las actividades curriculares y extra curriculares.

 

Artículo 63.  Sanciones y el Debido Proceso

 

Para garantizar el debido proceso, en   la  INSTITUCION   EDUCATIVA PRIMITIVO  CRESPO el comité escolar de convivencia tendrá en cuenta o podrá recomendar las siguientes acciones:

 

-       Llamado de atención, de manera verbal  por el  docente      que  atiende  el  caso

-       Llamados de atención escrito, con copia al observador de los implicados.

-       Citación a padres de familia.

-       Charlas con el coordinador, orientador escolar en caso de contar con esta figura y establecimiento de acciones formativas

-       Firma de compromiso académico – disciplinario.

-       Suspensión temporal de los derechos de asistir a clases, de dos o más días según decisión del comité escolar de convivencia.

-       Recomendación de cambio de institución.

-       Cuestionamiento y negación del cupo escolar para el siguiente año.

-       Cancelación de la matrícula y expulsión de la institución si se ha cumplido con el debido proceso.

-       Otras que se consideren necesarias para dar el caso, como remisiones a diversas instituciones según la ruta.

 

 

 

 TITULO VI

 

LA CONVIVENCIA SOCIAL ESTUDIANTIL

 

CAPITULO I

 

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

 

Artículo 63.  Dentro de la  autonomía que  otorga la Ley general de la educación, las instituciones educativas podrán reglamentar las relaciones de orden administrativo y de convivencia  entre el personal docente,  el cuerpo directivo-docente, estudiantes y padres de familia, de cada sede que la conforma.

 

El Art. 29 del Decreto 1965/2013 establece que “la ruta de atención integral para la convivencia escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir    la   INSTIUCION   EDUCATIVA   PRIMITIVO    CRESPO 

 

Parágrafo 1: En caso que el estudiante sienta hostigamiento por parte del cuerpo docente, directivo u otro diferente al estudiantado, deberá asistir al superior inmediato. Como lo muestra la siguiente ruta:

 

 

 

 

 

Artículo 64: PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA SITUACIONES TIPO I.

 

La   Institución   Educativa  Primitivo   Crespo  define sus protocolos institucionales para la atención de las situaciones tipo I de acuerdo con el Art 42 del Decreto 1965/2013.

 

Clasificación De Las Situaciones Tipo I: Son consideradas como situaciones tipo I, las siguientes:

 

-       El porte inadecuado del uniforme. Portarlo incompleto, con accesorios diferentes y portarlo en lugares no indicados.

-       Uso de joyas de manera exagerada, piercing, maquillaje, entre otros.

-       No informar a los padres o acudientes de las citaciones del colegio.

-       Botar basura en lugares inadecuados.

-       El uso no autorizado del teléfono celular, reproductores de música y otros aparatos electrónicos.

-       Utilizar en forma inadecuada los baños, recursos didácticos, mobiliario, equipos de cómputo, implementos deportivos, musicales y demás recursos institucionales.

-       El uso de apodos, la falta de cortesía, las palabras y gestos obscenos y la altanería; los juegos bruscos o violentos.

-       La permanencia en las aulas de clases sin autorización, antes de iniciar la jornada y en los descansos.

-       La inasistencia reiterada o sistemática a clases.

-       Las llegadas tardes a las clases.

-       La impuntualidad a los eventos escolares curriculares y extracurriculares.

-       La acumulación de inasistencias no debidamente justificadas por el apoderado y/o con certificado médico.

-       Llamados de atención constante en los actos comunitarios, interrupciones indebidas en las clases o en los actos generales de la comunidad escolar por parte de los estudiantes.

-       El daño a los bienes e inmuebles de la institución.

-       Incumplimiento de los deberes contemplados en el manual y la normatividad vigente.

-       El daño a los bienes de los compañeros, o el uso no autorizado de los elementos o utensilios escolares de los otros compañeros, o la no observancia del debido respeto por la propiedad ajena.

-       La no entrega de las comunicaciones enviadas a sus acudientes.

-       La indisciplina y el mal comportamiento en las clases.

-       Los bajos rendimientos académicos.

-       No traer el cuaderno y lapiceros necesarios para el trabajo en las diferentes asignaturas.

-       Traer o usar materiales, objetos, herramientas u otros objetos que perturben la tranquilidad escolar o el desarrollo normal de las actividades escolares.

-       El uso del tiempo destinado para el desarrollo de las actividades pedagógicas  o comunitarias para otro menester

-       Comportarse de manera inapropiada (manifestaciones inoportunas o inapropiadas de expresiones de afecto en el colegio) o protagonizar escenas que puedan ser contrarias al pudor, la decencia y las buenas costumbres.

-       Falta de cuidado en la higiene personal y en el aseo y limpieza de la  institución.

-       Falta de cortesía y educación para atender las observaciones.

-       Utilizar vocabulario vulgar, inadecuado e irrespetuoso para los compañeros, educadores y directivos o cualquier miembro de la comunidad.

-       Incumplir normas de procedimiento en los exámenes.

-       Por llegada tarde al inicio de la jornada, el estudiante no podrá ingresar a la primera hora de clase y al ajustar 3 llegadas tardes se iniciará proceso disciplinario

.

 

Artículo 65:  Ruta De Atención De Situaciones Tipo I. (Ver Anexo N. 1)

 

Este tipo de situaciones será atendida por el   docente   o  quien  haya conocido  del  caso previa  consignación de la   falta   en  el   cuaderno   de    registro   y   posterior   firma  del  estudiante  , para  lo  cual deberá, realizar las acciones de mejora.

 

 

 

Artículo 66: Acciones De  Mejora  Faltas   Tipo   I: Las faltas Tipo I serán corregidas así:

 

-       Amonestación   verbal  o  escrita    según  la   frecuencia de  la   falta

-       Registro  de   la  falta  en  el   respectivo  cuaderno   de   Seguimiento grupal y personal, por parte del docente que observe la situación.

-       Reflexiones    y  charlas     sobre   la    falta    cometida, por parte del docente que observo o la orientadora escolar.

-       Realización  de   un  ensayo   formativo   donde    plasme   su  aprendizaje  

-       Subsanar  la falta verbal y  honestamente   con   acciones  restaurativas.

-       Otras, que a consideración del Comité de Convivencia Escolar sean consideradas de este tipo, de acuerdo con lo establecido en el Art. 42. Decreto 1965/2013

-       Asistencia a Orientación Escolar si es necesario y tratamiento específico de acuerdo a la dificultad. (Remisiones a Psicológico o Psiquiátrico o recibir asistencia profesional).

 

 

Artículo 67: PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA SITUACIONES TIPO II.

 

La   Institución    Educativa PRIMITIVO   CRESPO   clasifica y define  sus protocolos institucionales para la atención de las situaciones tipo II, acorde con el Art. 43 del Decreto 1965/2013.

 

 

Artículo 68: Clasificación De Las Situaciones Tipo II.

 

-       La reincidencia en las consideradas de situación tipo I.

-       El uso de apodos constante para identificar o dirigirse a sus compañeros, docentes, directivos, personal administrativo, padres de familia o visitantes a la institución educativa.

-       No presentarse a cumplir con sus obligaciones estudiantiles y desplazarse a sitios diferentes.

-       Promover, intentar o realizar soborno a cualquier miembro de la comunidad educativa.

-       El uso del nombre de la Institución para efectos personales, de cualquier índole, sin autorización.

-       Portar, distribuir o ver en la Institución material con contenido erótico, sexual, pornográfico.

-       Producir daños intencionalmente a los implementos o instalaciones del  colegio y/o     bienes   de la docente y el administrativo de la institución.

-       El hurto y/o robo comprobado en cualquiera de sus formas, incluyendo el intento de hacerlo.

-       La suplantación personal en cualquiera de sus modalidades con el propósito de certificar asistencia o de presentar pruebas, evaluaciones u otros compromisos propios del estudiante   así  como Cometer fraude en evaluaciones, falsificar firmas, notas o documento y cualquier actividad conexa.

-       Transportar, poseer, portar o utilizar elementos que puedan ser  peligrosos para la comunidad escolar.

-       Presentarse al Colegio bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas y alucinógenas.

-       Cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico (comportamientos de burla, discriminación, humillación, uso de apodos y vocabulario soez, faltas al respeto, improperios, instigación, etc.) hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro o fuera de la institución o por vías como internet (Art. 44 numeral 5 código de infancia y adolescencia).

-       Peleas y violencia física manifiesta e   incitación a  la   violencia  por algún integrante de la comunidad educativa, en especial en los que se encuentren involucrados estudiantes.

-       Las lesiones personales, daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

-       Los reiterados comportamientos irrespetuosos y escandalosos dentro o fuera del colegio; o aquellos en los que perjudique o atente contra el buen nombre de la institución o cualquier miembro de la comunidad.

-       Agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito.

-       Poseer, suministrar, comerciar o utilizar tabaco, consumir o inducir consumo  de sustancias psicoactivas y alucinógenas, o alcohol en cualquier actividad dentro, fuera o patrocinada por el Colegio

-       Otras, que a consideración del comité de convivencia escolar sean consideradas de este tipo, de acuerdo con lo establecido en el Art. 43. Decreto 1965/2013

 

 

Artículo 69: Ruta De Atención De Situaciones Tipo II. (Ver Anexo N. 2)

 

Este tipo de situaciones será atendida por el   docente   o  quien  haya conocido  del  caso previa  consignación de la   falta   en  el   cuaderno   de    registro   y   posterior   firma  del  estudiante  , para  lo  cual deberá, realizar las acciones de mejora.

 

 

Artículo 70: Acciones De  Mejora  Faltas   Tipo   II: Las faltas Tipo II serán corregidas así:

 

-       Realización   de   trabajos  específicos    en   Horacio   extra curricular

-       Suspensión del derecho de asistir a la Institución a tomar sus respectivas clases por un término máximo de a hasta por  tres días, comunicándole al Padre de Familia o acudiente del Estudiante, previa citación acta correspondiente del compromiso; durante el tiempo que dure la suspensión, el estudiante deberá  realizar sus trabajos y compromisos que determine para evitar la interrupción en su proceso formativo.

-       Suspensión al derecho a participar en actividades extracurriculares o complementarias

-       de tipo deportivo, cultural, social, entre otras que programe la Institución y tenga que disponer del estudiante.

-       Cambio de grupo, jornada o sede.

-       Ser suspendido de programas especiales organizados por el colegio.

-       Realización de talleres y actividades formativas al interior de la institución, relacionadas con la situación cometida. (VIDEOS, ENCUESTAS, CAMPAÑAS, FOLLETOS, SOCIO DRAMAS, ENSAYOS).

-       Ordenación de acciones de reparación o reivindicación de la situación (En el caso de que la situación derive daños o perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados).

-       En el caso de que la situación que afectó la convivencia sea cometida por un estudiante que represente al colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación del colegio, la cual quedará consignada en el cuaderno de seguimiento del grupo/estudiante.

-       Decomiso de los implementos que no corresponden al trabajo escolar y devolución al padre, madre o acudiente, con un compromiso firmado en el cuaderno de seguimiento grupal y del estudiante.

-       Remisión a Orientación escolar

-       Amonestación escrita y carta de compromiso especial: En algunos casos se establece a criterio de la Rectora como una oportunidad brindada por la institución. La evaluación de esta carta se hará finalizando cada período o antes si las circunstancias lo ameritan. Se realiza con la coordinación respectiva y el estudiante en compañía de sus padres o acudientes.

 

 

Artículo 71: PROTOCOLO DE ATENCIÓN  FALTAS TIPO  III

 

La institución   educativa  PRIMITIVO CRESPO expone sus protocolos institucionales para la atención de las situaciones tipo III, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 44 del Decreto 1965/2013.

 

Artículo 72: Clasificación de Las Situaciones Tipo III.

 

-       En este grupo de situaciones se han clasificado:

-       Consumo, porte, distribución o intento de distribución sustancias alcohólicas, alucinógenas, ilegales o de control especial en el sistema de salud colombiano.

-       Portar, utilizar o distribuir cualquier tipo de armas u objetos potencialmente peligrosos en actividades dentro o fuera del plantel.

-       Tenencia, tráfico y/o consumo de sustancias psicoactivas.

-       Realizar o encubrir actos que atenten contra la comunidad educativa, tales como: explotación económica y laboral, maltrato físico o psicológico, abuso o acoso sexual, discriminación por edad, sexo, raza, religión, política, posición social, lugar de vivienda y tráfico de estupefacientes (art 44. numeral 2. Código de infancia y adolescencia).

-       Cualquier otra situación que cause que ocasione intervención judicial, pérdida de la libertad o reclusión en una correccional para menores de edad, o que se encuentre penalizada en la ley colombiana.

 

Artículo 73:  Ruta de Atención de Situaciones Tipo III. (Ver Anexo N.3)

 

Este tipo de situaciones será atendida por el coordinador  (o quien ésta haya designado para tal caso) en representación de todos los miembros del comité de convivencia escolar, y deberá convocar a reunión a los otros miembros, de manera ordinaria o extraordinaria, dada la gravedad del caso.

 

-       Remisión     del    caso   a  la  entidad    correspondiente para   la    restauración  de   derechos   y/o    asistencia    hospitalaria.

-       Informar   de   manera   inmediata  a  los  padres  o  acudiente    de  los   estudiantes    implicados.

-       La   rectora   reportará   de  manera  inmediata A   la   policía  nacional  u  otras  instituciones , actuación  de  la    cual  dejara constancia.

-       La   rectora  convoca  y  comunica  al   comité  de   convivencia  lo  actuado  ante  la   situación   presentada.

 

Articulo 74: Acciones de  mejora de  faltas   Tipo   III: Las faltas Tipo III serán corregidas así:

 

Respetando   y teniendo  las   medadas   o  estrategias realizadas     por  las   entidades   competentes  a  la   que  haya  sido   remitido  el estudiante, la   institución    educativa    considerará  el   reintegro   al   sistema  educativo  y  la   continuación  de   su  año  lectivo.

El  comité   de   convivencia y  la    docente   con  funciones  de   orientadora  realizarán   el  seguimiento  y  acompañamiento   en  caso   de   que   hubiese  lugar  al    reintegro .

 

El  consejo  de  directivo   y  quien  lo  preside (rectora)   será   la  instancia    final   que  decide   la     permanencia   o   cancelación  de  la  matrícula  del  estudiante .

  

Parágrafo : Si es del caso, se iniciará desde Coordinación de sección y Orientación Escolar una orientación acerca de la prevención y tratamiento en fármaco dependencia, drogadicción y/o alcoholismo; donde la familia de inmediato deberá garantizar la inclusión en un programa o tratamiento especial externo certificado por el profesional que lo  está tratando , con el fin de garantizar al estudiante el acompañamiento necesario para superar la dificultad particular. Los acudientes deberán presentar el reporte médico del proceso en los tiempos establecidos por el coordinador o docente orientadora.

 

Nota: Desde la dimensión de prevención la I.E contempla la socialización del Manual de Convivencia, campañas educativas  y el desarrollo de los proyectos transversales.

 

Artículo 75:  Parámetros de convivencia para los miembros de la Comunidad Educativa

 

La  institución    educativa  en  procura  de  la     sana    convivencia  y  en   mejoramiento   del    clima   escolar   con el   fin   de    generar  un   espacio     real   que  permita  el  ejercicio  real   y  efectivo     de  los  derechos   humanos   y  reproductivos   debe   proponer  y   llevar  a cabo     políticas   institucionales   a través    de   ajuste   del   manual   de   convivencia a  la  luz   de  la    ley   1620    del     2013   y  su    decreto    reglamentario   1965   del   mismo   año, así    como  la   ejecución  de   proyectos   transversales  y   de    aula.

 

 

CAPÍTULO II

 

DEBIDO PROCESO ACADÉMICO Y DE CONVIVENCIA SOCIAL

 

 

Artículo 76. APLICACIÓN DEL DEBIDO PROCESO:           

 

Todos los miembros de la comunidad educativa cuando incurran en cualquiera de las normas tipificadas como faltas Leves, Graves y Gravísimas. Tienen derecho a que se les respete y aplique el debido proceso como lo indica el Artículo 29 de la Constitución Política de 1991, el Artículo 26 de la ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia y lo planteado en este Pacto de Convivencia.

 

Artículo 77    TRATAMIENTO:

 

Todo miembro de la comunidad educativa, en un debido proceso académico o de convivencia social, deberá ser tratado con el debido respeto al ser humano, ser escuchado y tener en cuenta sus conceptos y comentarios, no ser discriminado en la determinación y contemplar allí su derecho a la legítima defensa.

 

 

 

Artículo 78    CONDUCTO REGULAR:

 

Para dar cumplimiento en la aplicación y desarrollo del debido proceso, siempre se deberá conservar el orden de participación de cada una de las instancias que intervienen en los diferentes casos y proceder de acuerdo con el siguiente conducto regular establecido en este pacto de Convivencia:

 

1.    Docente titular del área o el docente que  conoce del hecho. 

2.    Orientador o asesor de grupo.

3.    Coordinadora

4.    Instancias de apoyo pedagógico. 

5.    Rectora

6.    Consejo directivo.

 

PARÁGRAFO:         En el conducto regular serán consideradas como instancias de apoyo pedagógico y formativo en la apropiación de las acciones disuasivas, correctivas y reeducativas, las siguientes:

 

1.    En las acciones disuasivas: los Mediadores escolares, que se constituyen en cada grupo mediante el apoyo del asesor(a) del grupo.

2.    En las acciones correctivas : 

·         Personero(a)  estudiantil.

·         Comité de Convivencia o de resolución pacífica de conflictos.

·         Comisiones de evaluación y promoción de los estudiantes.

·         Otras externas de carácter académico y/o psicológico: Comisaría de familia, Atención de Psicología, trabajadora social de la Secretaria de salud, Secretaria de educación, EPS, etc.

3.    En las acciones re educativas:

·         Consejo de padres,

·         Consejo Directivo

·         Otras Instancias externas como ICBF, Personería Municipal, Policía de Infancia y adolescencia, etc.

 

 

Artículo 79   PASOS PARA CUMPLIR CON EL DEBIDO PROCESO ACADÉMICO O DE CONVIVENCIA SOCIAL:

 

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 1098, el Decreto 1290 y las políticas institucionales, los pasos para cumplir con el debido proceso académico y de convivencia social amparados en el artículo 29 de la Constitución Política de 1991 y el Artículo 26 de la Ley 1098 son:

 

1.    Llamado de atención verbal:

 Este se convierte en el inicio del debido proceso y lo comienza el docente titular del área, un directivo o cualquier funcionario de la institución cuando el estudiante falte a sus deberes; la finalidad es obtener cambio de actitud en el estudiante con respecto a su desempeño académico o de convivencia social desde lo disuasivo.

 

2.    Llamado de atención por escrito:

 Quien haya tenido un llamado de  atención de manera verbal y reincida en una actitud que amerite un nuevo llamado de atención, esta vez debe ser por escrito y se diligenciará el protocolo P-O1AD, firmado por el estudiante y quien realice la anotación. Este documento se guardará o anexará en la carpeta del observador del estudiante por el asesor de grupo.

Si el estudiante continúa en el incumplimiento a sus deberes académicos o de convivencia se diligenciará el protocolo P-02AD. Este documento  debe ser firmado por el estudiante, por quien hace el registro y el docente asesor respectivo, quien lo adjuntará a la carpeta del observador. Una vez diligenciado este protocolo se acudirá a los mediadores escolares del grupo para que  intervengan como instancia de apoyo académico y formativo, para lo cual, se entregará el protocolo P-03AD, con el fin de que registren los compromisos a que llegaren, con el fin de lograr un mejoramiento de comportamiento académico o de convivencia. El documento será firmado por los que intervienen y será anexado al observador del estudiante.

 

3.    Remisión a la Coordinación:

Cuando el  asesor(a)  del grupo tenga conocimiento de la inobservancia del compromiso del estudiante establecido en el  P-03AD o de la comisión de una falta grave por cualquier estudiante deberá registrarlo en el  protocolo P-04AD y remitirlo a la Coordinación. En este documento se describen las faltas de tipo académico o de convivencia social, los descargos del estudiante, las circunstancias atenuantes o agravantes de los hechos  y para garantizar su validez será  firmado  por el estudiante(s), docente o directivo y padres de familia. Con el protocolo P-04AD se  entregarán los documentos que han sido diligenciados hasta el momento, según el debido proceso.

 

4.    Registros que formaliza  la Coordinación:

 El(a) Coordinador(a) procede a diligenciar el protocolo P-05AC donde registra los compromisos académicos o de convivencia social  que haga con el estudiante remitido. Este documento debe ser firmado por el estudiante, el Coordinador(a) y los padres de familia quienes deben ser siempre notificados de cualquier acción que realice la Coordinación en aras de lograr el cambio de comportamiento o de actitud.  El(a) Coordinador(a) debe comunicar al orientador o asesor de grupo sobre los mencionados compromisos para hacer seguimiento y control. Además, en la Coordinación reposará una carpeta donde se  registre el listado de los estudiantes remitidos para su control y seguimiento denominado Protocolo P-06AC. Si el estudiante remitido incumple los compromisos convenidos durante el proceso y comete reincidencias, la Coordinación diligenciará el protocolo P-07AC y lo entregará al personero(a)  estudiantil para que intervenga como instancia de apoyo para lograr un mejoramiento..

 

5.    Remisión por la Coordinación a instancias de apoyo pedagógico:

 El(a) Coordinador(a) del establecimiento, que ejerce funciones académicas y de convivencia social, diligenciará el protocolo P-08AC, cuando identifique que el estudiante ha reincidido en faltas, sin que se  haya logrado los cambios de actitud deseados. Con este documento acudirá  a las instancias de apoyo pedagógico y/o psicológico que ofrezca la Institución educativa  o la entidad territorial certificada, según sea el  caso. Para ello, remitirá la carpeta con los protocolos anteriores y estará pendiente que se logre dialogar con los padres de familia y/o acudientes y con los estudiantes afectados sobre la situación académica o de convivencia para que  puedan  establecerse compromisos.  Posteriormente, el(a) Coordinador(a) solicitará  a los padres de familia y/o acudientes las  evidencias del tratamiento aplicado o el cumplimiento de las recomendaciones acordadas por las instancias externas para anexarlas a la carpeta que lleva del estudiante.

 

6.    Remisión de los protocolos  del estudiante por  incumplimiento de compromisos y/o comisión de falta gravísima, por parte de la Coordinación  a  Rectoría:

La Coordinación del plantel remitirá a Rectoría la carpeta del estudiante con los protocolos del debido proceso académico o de convivencia cuando identifique que el estudiante ha completado tres registros en el observador de control y seguimiento que lleva y que ya ha acudido a instancias de apoyo académico o formativo internas o externas a la Institución educativa sin que se haya logrado los cambios de actitud deseados. Para ello deberá   diligenciar el protocolo P-O9AC, el cual, será utilizado también cuando tenga conocimiento de la comisión de una falta gravísima por otro o por el mismo estudiante.

 

7.    Suspensión del servicio educativo institucional:

  La Rectoría, una vez tenga conocimiento de la comisión de una falta gravísima, bien por remisión de la Coordinación o de un docente, o de cualquier miembro de la comunidad educativa, analizará el caso, garantizando el derecho al debido proceso. Si da a lugar, aplicará la suspensión del servicio educativo por una sola vez durante el año lectivo. El  estudiante sancionado durante los días hábiles de su suspensión, perderá todos los derechos que este Pacto de convivencia le otorga. La suspensión puede ir hasta por 10 días hábiles, según sea las circunstancias agravantes o atenuantes de  la falta. El protocolo validado para la suspensión es el P-10AR, cuya Resolución  debe ser firmada por el estudiante, el Rector(a), el personero(a) estudiantil, el asesor de grupo, el Coordinador(a) y los padres de familia o acudientes.

 

8.    Resolución de matrícula en observación:

Cumplida la suspensión de actividades por el estudiante y si éste reincide en la comisión de nuevas faltas o en su actitud negativa al cumplimiento de sus deberes, la Rectoría podrá remitir la carpeta a instancias de apoyo internas o externas, según sea la problemática y para ello utilizará el protocolo P-11AR. Cumplido el paso anterior, podrá continuar el debido proceso diligenciando el protocolo   P-12AR, el cual,  determina la  matrícula en observación. En este documento se establecen compromisos donde se notifica a los acudientes y al estudiante, que de no demostrarse cambios positivos se acudirá a la intervención del consejo directivo,  en cualquier momento, para solicitar la cancelación de matrícula.

 

9.    Resolución del Consejo Directivo:

 En atención al incumplimiento de los compromisos de la Matrícula en observación que afectan el desempeño del estudiante, el Rector(a) diligenciará el protocolo P-13AR para remitir el caso al Consejo Directivo. En reunión extraordinaria presentará,  junto con el Coordinador(a) la carpeta con todos los protocolos y evidencias que garanticen el debido proceso. En la sesión, el Rector(a) puede sugerir la cancelación de la matrícula  en observación, o la necesidad de cambio de espacio pedagógico del estudiante. El Consejo directivo analizará las evidencias y documentos contenidos en la carpeta del estudiante, podrá escuchar a las partes afectadas y posteriormente deliberará para unificar criterios. Se elaborará entonces el protocolo P-14AR correspondiente a la Resolución, en la cual, se emitirá un concepto sancionatorio de responsabilidad donde se apruebe la cancelación de la matrícula, se acuerde el cambio de espacio pedagógico  o se absuelva de responsabilidad y se le permita continuar sus estudios en la Institución educativa. Con esto se da por concluido el caso en primera instancia. El protocolo P-14AR debe ser firmado por el estudiante, el rector(a), los padres de familia o acudientes, lo mismo  que por los integrantes  del Consejo directivo. El acto administrativo debe esta amparado en el fallo de la corte constitucional tutela T-534 de 1994, “el derecho a la educación no es un derecho absoluto, es un derecho DEBER que exige a todos deberes” y  el cumplimiento del derecho al debido proceso contemplado en el artículo 26 de la ley 1098 de 2006.

 

 

Artículo 80    EXCEPCIONES PARA CUMPLIR CON LOS PASOS DEL DEBIDO PROCESO:

 

Se exceptúa el cumplimiento de  los pasos mencionados del debido proceso, en las  siguientes situaciones especiales:

 

a.    Cuando el estudiante comete una falta tipo III, dentro o fuera de la institución, que afecte a la comunidad educativa y que esté tipificada como un delito, que lo lleve a un proceso judicial por la competencia de infancia o adolescencia o por la justicia del estado.

b.    Cuando el estudiante no evidencia cambios positivos en su desempeño académico, personal o social, y reincide en la comisión de faltas tipo III, con circunstancias AGRAVANTES contempladas en este Pacto de convivencia, incrementando el  grado de su responsabilidad.

 

PARÁGRAFO: El cumplimiento de las excepciones anteriores, permitirá a la Institución Educativa hacer uso del paso número 9 del debido proceso (Cancelación de la matrícula  T-534 de 1994), es decir, el procedimiento puede cumplirse saltando del numeral en que se encuentre actualmente su debido proceso al numeral 9 de la cancelación de la matrícula, como lo dispone este Pacto de convivencia.

 

 

Artículo 81.   RECONOCIMIENTO Y VALIDACION DE LOS PROTOCOLOS:

 

 La Institución Educativa valida y legitima su debido proceso con la utilización de Protocolos, que son instrumentos de la Gestión Directiva del PEI dentro del proceso clima escolar, componente Pacto de Convivencia, según las indicaciones del  Ministerio de Educación Nacional. Se entiende por Protocolo el formato donde se registran los procedimientos y  las acciones ante determinadas situaciones de conflicto,  hechos violentos, presencia de amenazas, vulneración de derechos e incumplimiento de los deberes señalados en este Pacto de Convivencia o normatividad legal vigente sucedidos dentro o en el entorno de la Institución educativa.

El protocolo debe:

 

1.     GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES DISUASIVAS (AD) :

 

a)    Llamado de atención verbal (No se diligencia ningún protocolo)

b)    P-01AD:  Para llamado de atención por escrito al estudiante por la comisión de faltas tipo I.       

c)    P-02AD:              Para llamado de atención por escrito al estudiante cuando hay reincidencias en la comisión de faltas tipo I.         

d)    P-03AD:              Para realizar la intervención de la mediación escolar con el fin de  establecer compromisos.

 

2.    GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS (AC):

a)    P-04AC:  El asesor del grupo remite la carpeta del estudiante con los protocolos de las Acciones Disuasivas a la instancia de la Coordinación del plantel para que inicie las acciones correctivas.

b)    P-05AC:  El Coordinador(a) registra los compromisos con el estudiante remitido y su acudiente o padre de familia.

c)    P-06AC:  El Coordinador(a) registra en este formato los estudiantes remitidos para su control y seguimiento.

d)    P-07AC:  El Coordinador(a) remite el caso al Personero(a) estudiantil para que intervenga como instancia de apoyo y se establezcan nuevos compromisos.

e)    P-08AC:        El Coordinador(a) remite la carpeta a organismos o comités de apoyo académico y/o psicológico que ofrezca la Institución educativa  o la entidad certificada, según sea el  caso.

f)     P-09AR: :        El Coordinador(a) remite la carpeta del estudiante al Rector(a) cuando tenga registradas tres reincidencias en su control y seguimiento o cuando tenga conocimiento de la comisión de una falta tipo III.

 

3.    PROTOCOLOS PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACCIONES RE-EDUCATIVAS (AR):

 

a)    P-10AR:        El Rector(a) emite Resolución de suspensión del servicio educativo.

b)    P-11AR:        El Rector(a) hace  la remisión a instancias externas a la Institución educativa.

c)    P-12AR:        El Rector(a) profiere Resolución de matrícula en observación

d)    P-013AR:      El Rector(a) remite el caso al Consejo directivo, con la carpeta con los protocolos del debido proceso

e)    P-014AR:     El Consejo directivo formula una Resolución  sobre el estado actual del debido proceso, emitiendo un concepto sancionatorio de responsabilidad o de absolución.

 

PARÁGRAFO: Los protocolos anteriores podrán ser utilizados también para reportar todas las  acciones positivas de los estudiantes, identificadas por las diferentes instancias que tienen que ver con la aplicación y sugerencia de las acciones disuasivas, correctivas y re educativas.

 

 

Artículo 82    DERECHO A LA LEGÍTIMA DEFENSA:

 

 Todo miembro de la comunidad educativa, que enfrente un debido proceso académico o de convivencia social, debe ser escuchado y tratado con respeto y podrá utilizar el derecho a su legítima defensa a través del derecho de petición, solicitar la conciliación y reposición, no ser sometido a tratos crueles y humillantes como lo exige el artículo 45 de la ley 1098 de 2006 y exigir que se le cumpla con todos los pasos del debido proceso.

 

 

Artículo 83    PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR LA LEGÍTIMA DEFENSA:

 

 Los miembros de la comunidad educativa podrán hacer uso del siguiente procedimiento, cuando consideren que sus derechos son vulnerados o que el debido proceso no se está cumpliendo en todos sus pasos y aun cumpliéndose no lo consideren como algo justo:

 

1.    Dirigirse respetuosamente y de manera verbal a la persona o instancia que tiene la competencia para aplicar el debido proceso y la acción disuasiva, correctiva o re educativa.

 

2.    Si el afectado considera que en esa instancia no se resuelve su situación y se le sigue vulnerando su derecho a la convivencia social y a la educación, debe dirigir un oficio como derecho de petición al Rector(a), describiendo la situación que considera se le está afectando injustamente.

 

3.    El Rector(a) responderá el derecho de petición dentro de los tres días hábiles a su recepción y designará al Coordinador(a)  para que escuche la contraparte, emprenda una investigación y revise de nuevo el caso.

 

4.    Una vez escuchada la contraparte y revisado el caso el Coordinador(a)  intentará resolver el problema convocando al padre de familia o acudiente, el estudiante, los testigos y el asesor de grupo.

 

5.    Si no hay solución en esta instancia, el Coordinador(a) citará al comité de Convivencia y/o resolución pacífica de conflictos en busca de una conciliación para lograr un acuerdo entre las partes.  El comité estará integrado por:

 

a)    El Rector(a) o su delegado.

b)    El Coordinador(a).

c)    Un Docente delegado.

d)    El personero de los estudiantes.

e)    Un vocero de los padres de familia del grado.

f)     El asesor de grupo del estudiante.

 

6.    Si  el problema persiste en esta instancia, el comité de Convivencia y/o resolución pacífica de conflictos, enviará una copia de la deliberación de este comité y del resto del proceso al Consejo de padres quienes se reunirán para analizar el asunto y  notificarse del procedimiento. Una vez emitan sus criterios y conclusiones si no logran resolver el conflicto enviarán el documento al Consejo directivo.

 

7.    Como última instancia, el estudiante y padre de familia o acudiente se dirigirán por escrito al Consejo Directivo, y en sesión serán atendidos por este órgano que con las evidencias suministradas por el consejo de padres, pronunciará una solución al problema.

 

8.    Si no se logra una solución en esta última instancia, el rector(a)  tomará todo este proceso llevado en La Institución Educativa con las evidencias de cada instancia y acudirá a una instancia superior como es Bienestar familiar, el Juzgado de Familia, o a la Secretaría de educación municipal o demás entidades competentes, mencionadas en la ley 1098 de 2006 para que sean ellas en su instancia quienes resuelvan el problema.

 

Artículo 84  CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS FALTAS:

 

Para determinar la intensidad de las faltas y estas puedan ser clasificadas en el Pacto de convivencia como  leves, graves o muy graves, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

1.    El nivel de perturbación a la comunidad.

2.    El grado de madurez o edad psicológica del estudiante.

3.    Nivel de responsabilidad y afectación del estudiante de acuerdo a la tipificación de las faltas.

4.    Las circunstancias que rodean el hecho así:

a)    La premeditación.

b)    El abuso de confianza.

c)    El estado de flagrancia.

d)    El estado psicológico del estudiante.

 

 

Artículo 85 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES:

 

La institución educativa considera como circunstancias ATENUANTES, para que sean tenidas en cuenta como un antecedente favorable que mengue la responsabilidad del estudiante en la comisión de  faltas, las siguientes:

 

1.    La edad, desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y las circunstancias personales, familiares y sociales que afecten su vida personal y social.

2.    El haber sido inducido a incurrir en la falta,  por alguien mayor en edad y/o madurez psicoafectiva.

3.    Infringir las normas en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psicológico o intenso dolor.

4.    EL haber obrado por motivos nobles o altruistas convencido por influencias externas.

5.    El haber observado buen desempeño social anterior a la falta incurrida.

6.    Procurar voluntariamente, después de incurrir en la falta, anular o disminuir sus consecuencias.

7.    Confesar y aceptar la responsabilidad antes de la formulación de los cargos.

8.    Aceptar por su propia voluntad la falta,  sin tener que utilizar mecanismos propios del debido proceso,  para aclarar la situación o ser descubierto.

9.    Proponer por iniciativa propia, la restitución del daño ocasionado o compensar el perjuicio causado antes que le sea recomendada la acción disuasiva, correctiva o reeducativa.

 

 

Artículo 86    CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:

 

La institución educativa considera como circunstancias AGRAVANTES, que comprometen la responsabilidad del estudiante en la comisión de faltas y lo involucran de manera directa, por tratarse de antecedentes o situaciones que afectan su desempeño personal y social de manera negativa, las siguientes:

 

1.    Ser reincidente en la infracción de las normas contempladas en este pacto de convivencia.

2.    Incurrir en una falta para ocultar o efectuar actos que complementen su intención en otras.

3.    El efecto perturbador o negativo que su acción produzca en la comunidad educativa.

4.    El haber incurrido en la falta aprovechando la confianza depositada en él o abuso de confianza.

5.    Incurrir en la falta aprovechando condiciones de inferioridad de las otras personas.

6.    Comprobar la reiteración de la falta de acuerdo al seguimiento y al debido proceso.

7.    El haber colocado al sujeto pasivo de la falta (sobre quien se ejerce la acción) en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica.

8.    Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común.

9.    El haber preparado ponderadamente la falta o con complicidad de otras personas

10.Hacer más nocivas las consecuencias de la falta al trascender con su actitud a circunstancias por fuera de la institución afectando la imagen corporativa institucional.

11.Ser sorprendido en flagrancia en algún acto que afecte las normas.